El casero incumple contrato no depositando la fianza en el IGVS
Tengo un piso alquilado en Galicia desde el 01/05/2008, soy menor de 35 años y en una cláusula del contrato pone que la fianza será depositada en el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo. Por lo que cumpliría los requisitos para que Hacienda me deduzca 300 euros. El problema es que el propietario no ha realizado el depósito de la fianza en el IGVS. Después de hablar con él me dice que no puede solucionarlo porque ya se ha pasado el plazo para hacer este depósito y que no me va a compensar él dándome los 300 euros que me daría hacienda. La única solución (por decir algo) que me da es hacer un nuevo contrato y así depositar la fianza en los plazos establecidos. Pero este contrato sería para el año 2009, no para el 2008? Esto me vale para denunciarlo por incumplimiento de contrato? Cuál es la mejor alternativa que tengo?
A mí me acaba de ocurrir lo mismo con el agravante de que hacienda me envía la paralela reclamando los 300 eu + intereses demora, que debía haber desgravado si el dueño hubiese cumplido con su obligación de depositar la fianza en el igvs. En cierto modo la culpa es de la administracion, te venden la moto de que tienes derecho a una desgravación por alquiler pero te ponen como uno de los requisitos algo que tú como inquilino no puedes controlar ya que le corresponde al propietario, precisamente a sabiendas de que nadie cumple y de este modo el fisco se queda con tus 300 €
Naturalmente el arrendatario puede pedir indemnización por los perjuicios que el incumplimiento del arrendador le ocasione.
Pero hay una mejor alternativa que no pone en pie de guerra las relaciones entre ambos y resuelve el problema con menos daño del que piensa el arrendador. Efectivamente, el plazo para depositar la fianza sin recargo concluyó pasado un mes desde la firma del contrato, pero se puede depositar fuera de plazo con un pequeño recargo que es mucho más leve del que en mi opinión debiera ser. Si el depósito se realiza sin que haya habido denuncia, tampoco habrá sanción. Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa, pero valga el ejemplo de Andalucía que solo exige un 10% de recargo en los depósitos fuera de plazo.
Supongo que el casero no quiere depositar la fianza ahora porque le multarán por haberse retrasado en ingresarla, pero la multa debe ser mínima, así que lo que te recomiendo es que llames al IGVS y preguntes cuál es el proceso para ingresar las fianza de los alquileres y las multas por el retraso en el ingreso para tener claras las cantidades y, a partir, de ahí negocia con el casero para que haga el ingreso y así poder aplicarte la deducción este año y los siguientes.
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