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He alquilado una casa en el mes de junio y al entrar pague 3 meses a particular. En el final de junio no me renovaran el contrato de trabajo me quedo sin trabajo y lo digo al casero que iba a estar hasta el final de Julio hasta encontrar una habitacion e no pague el mes de Julio. En el dia 31 de Julio voy hablar con el casero que me dice q como el contrato es de un año que no me va a devolver la fianza y que me va hacer pagar todo el año del contrato.
¿Me puede hacer eso el casero?
La fianza es un mes para vivienda pero es legal y habitual pedir mas garantías.
tienes un documento de fin de contrato?
has notificado en tiempo legal y de forma fehaciente la no renovacion automatica del contrato?
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Hola! A mis compañeras de piso y a mí nuestro casero tampoco nos quiere devolver la fianza (encima de 2 meses, cuando lo legal es 1). Se ha inventado daños y suciedad inexistente y ahora quiere hacerse los arreglos de las cosas que ya estaban estropeadas antes de llegar nosotras al piso con nuestro dinero.
Creo que no es la primera vez que lo hace, ya que nos enteramos de que el año pasado también hubo problemas de este tipo. Dejo por aquí la calle del pìso por si a alguien también le ha estafado este individuo y para intentar evitar futuras estafas de su parte. El piso de alquiler está en FUENLABRADA, en CALLE BRUNETE.
Y los caseros también: no devuelven la fianza, engañan a sus inquilinos, no arreglan los desperfectos, se hacen los longuis. Me gustaría que no metieras a todos los inquilinos en el mismo saco, porque yo he demandado a mi casero.
Los inquilinos hacen de todo: destrozos, impagos, meter gente y cobrarla por subarriendo. Sólo un peritaje de daños cuesta al casero 500 euros, la denuncia, el abogado y procurador para reclamación de cantidades y daños, ni te cuento, y la resolución tarda 3 años. Con este panorama, los inquilinos deciden cuando marcharse, si es que se marchan, aunque hayan pactado un año. ¿qué pretenden que el casero le pague el sueldo cuando despiden al inquilino?
Buenos días,
cuidadin! Con lo que estan escribiendo, que el art. 9 es más largo. Entiendo que lógicamente primero tenemos que ajustarnos a la voluntad de las partes expresadas en contrato. Y a falta de pacto a la norma o Ley y esa ley Despues de la parrafada que el Sr. Tomas perez a escrito, dice. Como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas.
eso quiere decir que si que lo puede hacer, el quedarse la fianza amparándose en el Art. 11. 2 que también tendriamos que ver que dice el contrato, si es de aplicación o no.
apreciado Sr/A. Mi consejo es que coja su contrato y acuda a un compañero letrado próximo y que éste le oriente pues las vistas aquí no convencen.
saludos,
juan a. Berzosa,
Api colegiado 2683
Muy sencillo. Quédate viviendo en el piso los meses que tienes pagados hasta agotar la fianza.
Seguramente pedirá una orden de desahucio, pero mientras se ejecuta tú estarás agotando tu fianza, luego te vas y todos tan tranquilos.
A esta gente insolidaria y sinvergüenza no se le puede tratar de otra manera.
Artículo 9. Ley de Arrendamientos Urbanos el Plazo mínimo de Contrato.
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración
mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Esto es lo que tenias que haber hecho, ahora claro tiene el arrendador la sarten por el mango, por que no habisas con treinta dias de Antelacion 0 en tu situacion antes de haberle expuesto al arrendador tu situacion, todos tenemos corazon intenta mediar antes de que te lo reclame legalmente sera peor, animo si vas con buenas palabras pienso que llegareis a un acuerdo por ambas partes
Un asludo. y suerte.
la ley es para ambos lados el casero tiene obligacion de hacer el deposito en la camara de comercio
pero tambien el inquilino en cumplir el contrato si no lo hace hay sancion, para irte tienes que avisar con un mes antes del fin de contrato, y pagando todos los meses
si no este se renueva durante un año mas y el dueño te puede obligar a pagar todo el año
yo llegaria a un cuerdo con el dueño ya que si te lleva a un juicio tu perderas y encima tendras que pagar las costas
Muy fácil: yo lo hice con mi casero que se hacía el remolón y no me devolvía la fianza. Los que alquilan el piso deben depositar la fianza en la cámara de comercio, íntegra. Es la manera legal de alquilar pisos. Le dices que irás a la cámara de comercio a denunciar que no te devuelve la fianza y por supuesto que de seguro tampoco la depositó.
Ya verás que rapidito de la devuelve.
Buenas nochas.
Ante gente sin escrupolos y tan abusivas... es mejor ponerse a su altura.
Hola Ana Lua.
Aprovecha que Noa tiene un piso vacío y es muy solidario y te vas a vivir al suyo.
saludos
Haber Ana Lua
Ese casero es un C----N y con todas las letras, pues no esta la situacion bastante mal como para encontrarte tipos como este.
Yo soy casero y no pido 3 meses por adelantado, pido uno y si por un casual el contrato se tiene que alterar, pues se altera y se adapta a las nuevas condiciones y la fianza sirve para costear los gastos que genere el piso o la vivienda en el mes que ya no estes...
Yo tengo muchas experiencias de estas con estudiantes y NUNCA HE TENIDO NINGUN PROBLEMA, ya que saben a la firma que la fianza puede ser que no se les sea devuelta ya que sirve para pagar los servicios que queden pendientes y lo que sobre pues se lo devuelvo y todos tan amigos.
Esa persona que es tu casero, no tengo palabras para definirlo, ya que no se hace cargo de que te quedas sin empleo, que no podras pagarle y a la larga sera un problema para los dos... Esta es la solidaridad y la ayuda al projimo de la que adolecemos... Cada vez me da mas asco esta sociedad y de llamarme ser humano.
No puedo decirte mas, solo que espero que los expertos de aqui puedan buscar una alternativa para poder hacer que ese casero se COMA SU VIVIENDA CON PATATAS.
yo tambien estoy sin trabajo y tengo una casa de alquiler (ahora vacia) asi que entiendo perfectamente la situacion...
Ten Fe que la gente de aqui te ayudara seguro... Un saludo
El contrato dura un año, al firmar te obligaste a cumplir un año.
Perder el trabajo es un hecho que no esperabas que ocurriera al firmar el contrato, en este caso podrías alegar que el despido es un caso fortuito, y que aunque querias no puedes cumplir y prefieres irte a dejar de pagar.
En caso de juicio, si has perdido el trabajo no creo que tengas problemas, pues no cumples porque no puedes-
Si te vas deja el piso como lo recibiste y ten un testigo para demostrarlo.
Enviale un burofax para que reciba las llaves y te firme el piso está bien, independientemente de las acciones legales que se reserve.
En caso de negarse a recibir las llaves, depositalas para que las recoja o enviaselas por mensajero.
Quizá es que me exprese mal.
Se la tenía que haber reclamado, en el momento de la firma. Ahora, hacerlo, solo puede suponerle problemas, problemas que, si la otra parte quiere ponérselos, lo va a hacer de igual forma, y obviamente no le dará la copia.
Si no se la da, es que va a tener problemas.
Si se la da es que hay buena fe, con lo que no hace falta reclamarla pq no va a tener problemas.
No es rizar el rizo, es intentar coger mis palabras en su sentido más literal, que es lo que has hecho, sin entender el concepto en sí.
Creo que se me había entendido a la perfección antes de esta aclaración, quizá es que no me sé expresar, o quizá cuando llevo cuatro respuestas diciendo lo mismo termino por "meter la pata"
Crazyh, entonces tiene que reclamarla o no, según tú? No es si le reclama o no el documento de resolución del contrato con entrega de llaves, sino si lo debe reclamar.
tú mismo dices:
se la tiene que reclamar, pero tampoco entiendo para qué se la va a reclamar.
mira que te gusta a veces rizar el rizo.