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Mi nombre es Claudia, y tengo viviendo dos anos en la casa, pero tengo un contrato firmado por dos anos , es posible q el dueno de la casa me diga q tengo dos meses para irme asi ni mas ni mas?
En tal caso, y siempre que Ud. esté cumpliendo con todas las obligaciones del contrato, el arrendador no podrá reclamar la vivienda para uso propio hasta el 31 de octubre de 2015, para lo que tendrá que preavisarle con, al menos, dos meses de antelación (31 de agosto de 2015).
Lea el segundo enlace que le he puesto, le será de gran ayuda para conocer la duración de su arrendamiento.
Un saludo,
Si contestando a la pregunta. Si es posterior al 6 de junio es a partir del 31 de octubre de 2013 y vence el 31 de octubre del 2015
Buenas tardes, Claudia.
En primer lugar, necesitaríamos saber la fecha de firma de tu contrato, ya que el régimen legal puede cambiar un poco.
si es anterior al 6 de junio de 2013:
http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/
si es posterior al 6 de junio de 2013:
http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-vivienda-ii/
si tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con nosotros.
un saludo,