Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Vamos a ver, os pongo en situación. Me cambié de piso cuando finalizaba el contrato en Diciembre y avisé al casero con más de un mes de antelación por sms, burofax y vía telefónica (por si las moscas).
Cuando entré en el piso en 2009 le di una fianza de 1020 Euros (2 mensualidades) y tengo todo pagado hasta la fecha alquiler, luz, agua y gas(de este último me falta un recibo que no lo pagué porque la propietaria cambió el gas a su nombre y le vino a su cuenta, aunque le dije que me lo descontara de la devolución de la fianza). A mayores tengo fotos del perfecto estado del piso de cuando me fui y tengo fotos del estado del piso de cuando entré también.
El tema es, el 30 de Noviembre le entregué las llaves y me dijo que en unos días desde que lo notificase en fianzas me daría el dinero, pero no fue así. Lo llamé varias veces a lo largo de diciembre y siempre dándome largas. Me informé y se que tiene 30 días para devolverme la fianza, pues cuando se lo dije a finales de diciembre lo de los 30 días me dice que ahora son 2 meses y que si a los 2 meses y 2 días no tengo el dinero en mi cuenta me lo abonaría el personalmente, el caso es que me fui a fianzas en enero y me dicen que aún canceló la fianza el 29 de Diciembre y que sólo deposito 510 Euros (la mitad). A lo largo de Enero estuve esperando y lo llamé en varias ocasiones para preguntarle sobre el dinero y siempre largas, hasta que hoy fecha en la cual se cumplen los 2 meses y 2 días, y harto de esperar lo llamé y le dije que sabía todo, cuando había cancelado la fianza, cuando se lo habían pagado, que son 30 días y luego hay intereses de demora y nada...ME SIGUE DANDO LARGAS.
Mi pregunta ¿Cómo hago para denunciarlo y que pasos tengo que seguir?
Ok, pues acudiré al abogado con todo lo que tengo y espero que la justicia haga su labor, porque esta situación me parece indignante.
Hola Ivan:
Acudir a un/a profesional de la abogacía con toda la documentación que obre en su poder.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
¿Entonces qué es lo mejor que puedo hacer en esta situación?
Hola Ivan:
Coincido con las respuestas anteriores y dejo la siguiente reflexión: al ser la cuantía reclamada inferior a 2000 euros usted no precisa contratar los servicios de un/a abogado/a y un/a procurador/a. Pese a ello debe tener en cuenta que no cabe recurso de apelación (2º instancia) contra las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3000 euros, como es su caso.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Pues entonces será lo que haga, si te parece lo más apropiado, pues eso es lo que haré. Yo sólo quiero recuperar mi fianza y que me devuelvan lo que me pertenece.
Pues acude al juzgado y pide la documentación a rellenar para un juicio verbal.
Antes intentaría contactar con el dueño avisándole que si en tres dias habiles no ha ingresado el dinero en mi nº de cuenta, empezaré un procedimiento por la vía judicial para reclamársela juntamente con los intereses
Un saludo
Claro, hice un reportaje fotográfico sobre el perfecto estado del piso y le advertí que tenía que firmarme dicho documento, pero se negó rotundamente alegando que o le daba las llaves o que tendría que cobrarme un mes más.
¿E hizo lo que le indicamos en esta misma página que hiciera en ese caso?
Releo que yo mismo le aconsejé hacer un reportaje fotográfico y que advirtiera al arrendador de las consecuencias de no firmar.
Hola Eduardo, efectivamente el contrato terminaba el 30 de Noviembre porque tengo la copia del contrato en casa y yo entregué las llaves ese día. Lo que no tengo es ningún documento de entrega de llaves, ya que se negó a firmármelo, incluso lo comenté aquí conforme se negaba a firmar dicho papel, para ver que respuestas me dabais desde esta página.
Primero tiene que reclamar por escrito, por medio de buofax, y mejor si la carta va redactada y firmada por un abogado. Debe conceder un breve plazo para la devolución del dinero.
Si transcurrido el plazo no le devuelven el dinero tendría que acudir al juzgado. No necesita abogado ni procurador dada la cuantía reclamada, pero es mejor tener un abogado si se acude al juzgado.
Problemas: debe tener firmado un documento de entrega de llaves; y además habría que comprobar si efectivamente el contrato concluía en diciembre.
www.asistencialegal.net