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usuario eliminado

Voy a cambiarme de piso y me han cobrado el siguiente mes que ya no estaré viviendo aqui.

Los pagos están domiciliados, y a día 20 de febrero nos han hecho el cobro, sin avisarnos de un mes completo.

los pagos se hacían el primer día del mes, el mes de febrero ya está pagado.

¿la inmobiliaria tiene derecho a hacer esto?

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si el importe cargado coincide con una mensualidad solo me queda pensar que la notificacion para no prorrogar el contrato no se haya tenido en cuenta por hacerse mal en tiempo, forma o en identidad de la persona a notificar, por lo que podria entenderse que el contrato está prorrogado y esa devolución del recibo podría suponer un incumplimiento de contrato que faculta al propietario a reclmar el pago de las rentas no satisfechas.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    mariaesq esa 'aclaración' desvirtúa todo lo anterior, hoy conforme a la normativa bancaria lo tiene fácil, devolver ese cargo.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • usuario eliminado

    Muchas gracias por las respuestas.

    Completo la información. Hemos avisado a la inmobiliaria con el debido tiempo (más de un mes). Hemos quedado con ellos para entregar el piso, llaves, etc. el 28 de febrero. Estamos al corriente de todos los pagos ya que el mes de febrero lo cobraron el 1 de febrero y hemos cumplido el tiempo pactado según el contrato.

    La cantidad que nos han cobrado ahora (el 20 de febrero), no entendemos a qué se debe, la inmobiliaria en ningún momento se puso en contacto con nosotros para avisarnos que se haría este cobro.

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    mariaesq Debe de tener en cuenta que para poder irse deberá cumplir los siguientes pasos:

    1   Estar al día de todos los pagos

    2   avisar de forma fehaciente 30 días como mínimo antes

    3   Sólamente te podrás ir en los cumpleaños del contrato

    4   No está permitido usar la fianza como pago de ningún mes

    5   Es imprescindible firmar el documento de entrega de llaves,en el cual el casero anotará los desperfectos si los hubiera.

    Una vez transcurridos 30 días de esa firma,el casero deberá devolver la fianza menos los recibos pendientes de los diferentes consumos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debería concretar mas la pregunta:

    a) Los pagos de alquiler se efectúan conforme se haya pactado enel contrato y a falta de ello en los primeros días de cada mes por meses anticipados, con lo cual cobrarle febero hoy es incluso favorable a su economía.

    b) Dice: Voy a cambiarme de piso. ¿Pensaba dejar sin pagar el mes de febrero? ¿Ha preavisado? ¿Ha cumplido el plazo pactado?

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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