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¿Si rompo mi contrato con mi propietario me devuelve la fianza?
Como dice Amparo, es cuestión de matemáticas.
Partiendo de la premisa de que los contratos que se firman por ambas partes son de obligado cumplimiento para ambas partes y no sólo la del arrendador, cuando hay incumplimiento por una de las partes ésta ha de resarcir económicamente a la parte perjudicada.
Según la LAU, si rompes el contrato tendrás que pagar los meses restantes que queden hasta su finalización (que suele ser de un año desde la firma) o bien pagar los meses que queden hasta que el casero ecuentre nuevo inquilino y en las mismas condiciones que las tuyas.
O también llegar a un acuerdo con el casero para establecer una indemnización.
Si tu casero, al incumplir tú el contrato, se conforma sólo con la no devolución de la fianza, considerate alguien con suerte, porque eso es lo mínimo que cualquier casero haría en un caso como el tuyo.
Si Ud. "rompe" su contrato unilateralmente, el propietario puede seguir exigiendole su cumplimiento.
como dice Amparo, cuestión de matematicas.
_pedro j. Martinez
Abogado
Si un arrendatario que incumple el contrato es demandado, la broma le saldrá mucho más cara que perder la fianza a cambio de firmar un fin de contrato de mutuo acuerdo.
Así que, si incumple su contrato, debe valorar si prefiere un juicio por incumplimiento, con una probable condena en costas, o simplemente perder la fianza. (¿se conforma con eso su casero? )
Las matemáticas, en ese caso, serían muy sencillitas.
Saludos - Papeleos Alquiler