¿Cambiar de titularidad los suministros es una gestión que debe hacer la inmobiliaria o el inquilino?
La inmobiliaria me ha dicho que soy yo quien tiene que hacer el cambio de titularidad de los suministros.. pero yo creo que es función de ella que para eso le pago como intermediaria. Además ¿podría exigir que en el contrato apareciera la lectura correspondiente al primer día de alquiler?
Manuel José. No sé Inmaa, pero yo no entiendo la mitad de lo que escribes.
"En el contrato se pueden poner todas las cláusulas que acuerden las partes" (ok lo entiendo)
" Si inquilino no acepta a esperar que otro acepte" (No tiene sentido para mi. ¿Es castellano? Voy a intentar arreglarla: "Si el posible inquilino no aceptara la cláusula, habrá que esperar a que llegue otro inquilino la acepte. " (Así parece que tiene algo de sentido pero....¿A qué pregunta responde?)
" También una cláusula de cambio de titularidad pues si no pagara suministros, tú podrías dar baja suministro" (no tiene sentido para mi. ¿Es swahili.?)
" Si no contempla cambio titularidad no puedes hacerlo, (el qué) sólo desdomiciliar de tu banco para que envíen factura a piso alquilado y si no pagan, la empresa se la cortan" (Dios mío qué horror) . (Este párrafo me deja anonadada... pero el final es épico ... y si no pagan la empresa se la cortan ... qué fuerte)
La inmobiliaria también puede cobrar por cada servicio
(bien, esta oración tiene sujeto y predicado, y hasta hay artículos qué lujo ... pero ¿A qué parte de la pregunta de Inmaa responde?):
En el contrato se pueden poner todas las cláusulas que acuerden las partes. Si inquilino no acepta a esperar que otro acepte. También una cláusula de cambio de titularidad pues si no pagara suministros, tú podrías dar baja suministro. Si no contempla cambio titularidad no puedes hacerlo, sólo desdomiciliar de tu banco para que envíen factura a piso alquilado y si no pagan, la empresa se la cortan. La inmobiliaria también puede cobrar por cada servicio.
Los servicios que presta la inmobiliaria en la gestión del alquiler, es algo que tendrías que haber negociado o averiguado antes de cerrar la operación con ellos.
Respecto a que aparezcan en el contrato las lecturas iniciales, sí, puedes solicitarlo. No creo que vayan a negarse. Y si lo hacen.... gato encerrado... no firmes.
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