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Cristina

inquilino/a

Caldera
Tengo una pregunta. En un alquiler con opcion a compra me dicen que no es obligatorio una revision antes de cojer el piso. Es eso cierto? Y si se estropea mientras yo estoy de alquiler a compra quien lo paga?
  • Preguntado por: Cristina
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Cristina,  Simplemente señalarte que los trabajos de la agencia y el abogado son totalmente independientes y cada uno dentro de su especialidad:
    - La agencia comercializa y trata que las partes lleguen a un acuerdo.
    - El abogado asesora jurídicamente y defiende los intereses de su cliente.
    Para poder darte una propuesta de honorarios necesitamos conocer más detalles de la operación, ya que nuestros presupuestos son personalizados y adaptados al caso concreto. Puedes escribirnos a info@desalvador.es
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Por no querer acarrear ahora con gastos de abogado, puede que tengas que acarrear después con gastos de pleitos. acude a un abogado y le preguntas lo que te costará, en caso que no te convenga, acudes a otro. D. Pelayo es abogado experto en estos temas y se te ha ofrecido, por preguntar el importe de sus honorarios, no te cobrará.
  • Cristina

    inquilino/a

    Esta hecho mediante agencia. Cuanto me puede cobrar un abogado pir mirarme el contrato? No quiero acarrear con tantos gastos
  • Cristina

    inquilino/a

    Aver esta hecho mediante agencia. Un abogado cuesta mucho que me mire el contrato? Es que tampoco quiero acarrear com tantos gastos
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Cristina, entiendo que vas a firmar un alquiler de compra como inquilino.
    Para este tipo de contratos es especialmente aconsejable contar con un abogado especializado que te asesore durante todo el proceso, por cuanto hay que:
    1) Revisar la situación jurídica del inmueble e incluir cautelas para que no se altere.
    2) Establecer las regulaciones necesarias para el contrato de arrendamiento, delimitando claramente las obligaciones de las partes.
    3) Establecer las regulaciones necesarias para el ejercicio de la opción de compra, anticipando la regulación, pagos correspondientes a las partes y garantías que se otorguen (motivo por el cual es aconsejable una revisión completa de la situación física y jurídica de la finca)
    Durante el período del arrendamiento, tu derecho sobre el inmueble es única y exclusivamente el de un arrendamiento, por lo que las grandes reparaciones corresponderían al arrendador, pero es  es posible que el arrendador pretenda no hacer dichas reparaciones por la cercanía de la opción de compra.
    Te aconsejamos que acudas a un abogado especializado para que te asesore. 
    Nosotros podemos ayudarte.
    www.desalvador.es Especialistas en Derecho Inmobiliario
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