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Hola a tod@s,
Tengo una duda referente a la cédula de habitabilidad del piso del que soy inquilina.
Ésta caduca durante la vigencia de mi contrato de alquiler. Quisiera saber si es legal que el propietario me exija a mi el pago de la renovación y en caso de que no lo sea, si lo especifica la LAU o algún otro texto legal. En mi contrato no figura ningún apartado que concrete esto y, como he tenido varios intentos de cargarme importes que no tenía que asumir yo, quiero saber qué puedo hacer si llegado el momento me lo exigen.
Gracias!
Bueno en Madrid ya os digo yo que tampoco hace falta. Solo se necesita en caso de viviendas de nueva construcción. Luego. Nunca más.
¡Alto ahí! indagando encuentro esto:
Artículo único
: Se suprime en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco la cédula de habitabilidad como documento necesario para reconocer la aptitud de un inmueble para ser destinado a vivienda, así como el trámite de informe previo de habitabilidad de las Delegaciones Territoriales del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente para la obtención de licencias de obra, uso u ocupación de inmuebles destinados a viviendas.
Por lo tanto hay que mirar de dónde es
Amparo en Barcelona yo creo que también hay más con la cedula caducada que en vigor y desde luego al inquilino no le afecta y que yo sepa al casero tampoco siempre y cuando no quiera vender la vivienda, porque en el año 2002 cuando yo vendí mi piso en la notaria me la exigieron y que estuviese al día.
Perdonad mi ignorancia... pero es que en Madrid eso de la cédula de habitabilidad no tiene la misma importancia que en otras partes... de hecho hay montones y montones de viviendas en perfecto estado pero que no han pasado ese "trámite recaudatorio".
Lo que yo no veo que en qué le preocupa al inquilino, si la casa está en buen estado, que el propietario renueve o no renueve ese papelito...
Pixmaníac, si su arrendador se lo "exige" usted simplemente no atienda su exigencia.... :-)
¿Qué pasaría si le exige mañana que pague usted a Hacienda en su lugar? Pues eso...
Saludos - Papeleos Alquiler.
Sí caducan Javier, quizá porque una casa requiere mantenimiento y si no se le hace pues ya no es la misma casa, aparte que las normas de suministros cambian y también se quedan obsoletas.
Yo albergo una duda ¿es que las cédulas de habitabilidad caducan? yo pienso que concrétamente al hacerme una casa ,el ayuntamiento me la revisa y concede el permiso de habitabilidad para siempre ¿no? Algún experto que nos lo aclare si es posible
Lo más parecido donde acogerte es a esto:
Artículo 21. Conservación de la vivienda
1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
La cédula pertenece a dicha habitabilidad.
Existe algún texto en la LAU que pueda coger e imprimir llegado el momento? Es que esta es la única manera que hasta hoy he tenido para que no me repliquen.
Yo he supuesto que efectivamente yo no tenía que pagarlo pero te harías cruces del gol que me intentaron colar, así que por eso quiero ser precabida.