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Buenos días,
Estoy a punto de firmar un contrato de alquiler de vivienda y una de las cláusulas dice:
Prohibiciones.
¿a qué hace alusión el término 'huéspedes'? ¿significa esto que no podemos acoger a amigos y familiares que vengan a visitarnos?
otra de las cláusulas indica que no puedo instalar despacho u oficina profesional en casa. La finalidad primordial del arrendamiento es la vivienda permanente pero soy traductora freelance y trabajo desde casa. Esporádicamente también doy clases particulares de idiomas en casa. ¿supondría esto un incumplimento de contrato?
gracias por adelantado.
Subarrendado es la persona a la que cedes una habitación y huesped es esa misma persona pero con derecho a determinados servicios, limpieza, lavado de ropa, comida etc.
Un alojamiento temporal gratuito no es subarriendo.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Muchas gracias por tu respuesta Amparo.
En el primer punto hablan de subarriendo y en el tercero de huéspedes y no sé a qué se refieren exactamente. Entiendo que no pueda realquilar ninguna habitación a nadie pero lo de huéspedes me hace dudar. ¿Supongo que se refieren a que no puedo cobrar a nadie por estar en casa?
¿Es legal que prohiban que familiares y amigos se alojen temporalmente en la vivienda?
Saludos.
En mi opinión no.
un huesped no es un familiar o amigo que venga unos días a quedarse contigo.
y una oficina, es algo más que lo que tu dices, que por otra parte nunca va a poder comprobar el propietario. Ten en cuenta que una vez que alquiles. Jamás podrá entrar a tu vivienda si no es por una avería grave.
dar clases particulares de inglés, o trabajar con tu ordenador, no me parece incumplir nada, y sobre todo, me parecería imposible de demostrar, y aún demostrándolo, no creo que ninguna "señoría" te condenara por ello.
saludos - Papeleos Alquiler.