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Entramos a vivir el el 2010 con 5 años de contrato y después de haber hablado con el propietario para una posible bajada de precio nos contesta que en 15 días lo quiere poner a la venta con nosotros dentro. Puede hacer eso o tiene que esperarse a la finalización del contrato? Nosotros podemos incumplir el contrato e irnos antes acogiéndonos a la nueva ley del alquiler?
Hola Cristinita:
Coincido con la respuesta del sr Piscis tres.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
La nuevas modificaciones a la Ley de Arrendamientos Urbanos no les afectan.
Pueden seguir igual en la vivienda hasta cumplir los cinco años de arrendamiento, salvo que lo quieran rescindir anticipadamente al vencimiento de cada anualidad ( para ello habrá que estar a lo que diga el contrato y cumplir unos determinados requisitos de preaviso)
En caso que les interese, tienen preferencia en la compra del piso, el propietario les tiene que comunicar fehacientemente su intención de venta y lo que pide y asi podrán ejercer el derecho de tanteo, si no lo hace el vendedor, consumada la venta, pueden anularla y quedarselo por el precio acordado con el actual comprador, ejerciendo el derecho de retracto
Si se llegara a vender el piso a otra persona, algo dificil en estos tiempos y más con inquilinos dentro, el nuevo propietario tendrá que respetar el contrato de arrendamiento que Uds. tienen.
No vienen obligados a facilitar la operación de venta al propietario,en su piso no puede entrar nadie contra su voluntad, salvo que vengan con una orden judicial ( lo cual no está previsto para este caso), por tanto, no les puede molestar nadie, ni compradores,ni agencias, ni el mismo propietario.
A ustedes no les afecta que quiera vender el piso.
Se venda el piso o no se venda tienen derecho a permanecer en él incluso aunque el casero sea otro.
Respecto a la intención del arrendador de vender: Que lo venda si puede!
nadie va a comprar sin ver. Y nadie puede ver si ustedes no permiten la entrada a potenciales compradores. Cosa a la que tienen derecho.
Pueden decidir entre
1 - Quedarse en el piso
el nuevo dueño sería el nuevo casero.
si quisieran hacerle un favor al actual casero, pueden aceptar mostrar el piso un día al mes a posibles compradores. como he dicho, no tienen por qué hacerlo. ¿o sí? $$$$$$
2 - Quedarse con el piso
tambíén han de saber que si igualaran la oferta de compra de un tercero , tienen derecho de adquisición preferente , tanteo y rectracto, y podrían quedarse con la vivienda a ese mismo precio.
3 - Marcharse del piso
si quieren hacerle aún un favor aún más grande, acepten marcharse, a cambio de una indemnización. Esa indemnización no está estipulada en ninguna parte. ustedes ponen la cifra y o se la pagan, o se quedan hasta el 5º cumpleaños del contrato eso sí en ese momento se irían sin ninguna indemnización.
si decidieran irse y negociar la indemnización, no vayan a pedir menos que esto:
saludos - Papeleos Alquiler