Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
en un contrato de arrendamiento, si en el contrato se ha pactado que el arrendatario contribuirá a los gastos de mantenimiento, conservación y reparación de elementos comunes en un 10%, si se acuerda instalar un ascensor el arrendador puede repercutir dichos gastos en el inqulino, en virtud de la cláusula mencionada.? y, en el caso de que el arrendatario se negase a pagar que procedimiento se seguiria ?
muchas gracias
Hola Mariff:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmno y por ello le sugiero que conatcte con un/ profesional experto/a en arrendamientos urbanos para que examine su contrato.
reciba un cordial saludo.
Al ser una derrama, la cláusula es nula.
tiene que pagar dicha derrama el casero.
Habría que ver ese contrato pues esa clausula de repercutir el 10% de los gastos de Comunidad al inquilino puede ser nula.
en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
La instalación del ascensor lo tienen que abonar los propietarios mediante derrama .- El arrendatario no tiene que pagar nada y si se niega a pagar no le harán procedimiento judicial alguno.
El 10% de la cuota total de la comunidad, es una barbaridad, opino que dicha cláusula sería declarada nula, salvo que se refiera al 10% del importe de la cuota que corresponde al piso que tiene alquilado.