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Soy muy cumplida en los pagos.
No "te tiene" que dar plazo para buscar.
Tú lo que tienes que tener claro es en qué momentos puedes abandonar la vivienda según el contrato.
Y es en su cumpleaños, siempre que hayas avisado fehacientemente al propietario, al menos 30 días antes de ese cumpleaños..
Sabiendo eso, eres tú la que tiene que calcular cómo y cuándo ir buscando otra vivienda.