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Mi contrato es de un año renovable hasta 5 como indica la Ley vigente. Me restan aún dos, el abogado de la Caja me dice por TE que me han de ajustar el valor de la renta de acuerdo al IPC , si bien eso figura en contrato, no he hecho el ajuste del 2008/2009 y el dueño tampoco me lo ha reclamado ¿Puede la Caja ajustarme la renta actual tomando como base el valor que hubiere surgido de ajustar el ipc del 2007/08 o lo debe hacer tomando como base el valor de renta que pago actualmente? En caso de dejar el piso de forma anticipada ¿la Caja al haberse subrogado al contrato de alquiler debe devolverme la fianza o es el anterior dueño del piso el que debe hacerlo (el hombre desconozco donde está y la inmobiliaria participante ya no existe) como me plantea el abogado de la Caja.? si me marcho antes de fin de contrato la caja me puede reclamar meses restantes? y ¿cómo me deben notificar cambio de lugar de pago? Gracias
gracias por su respuesta.Lo que quisiera confirmar es como me deben notificar del cambio de lugar y forma de pago de las rentas a partir de ahora, espero no molestarle con mi pregunta.Gracias
Se ajustará el precio desde la última actualización, si han pasado dos años, pues desde entonces, lo que no se puede hacer es reclamarle el incremento de las rentas vencidas, sino solo para las siguientes.
La entidad que ahora es propietaria se ha subrogado en todos los derechos y obligaciones, también en los relativos a la fianza.
Si usted se marcha antes del contrato sin causa justificada puede tener que indemnizar a la propiedad, depende de lo que diga el contrato y otras circunstancias.
Cualquier notificación deben hacerla por escrito.