Hola yo he estado ocho años de alquiler sin contrato .yo ya me he ido del piso pero la deje a deber tres meses en el 2016 .yo me he ido del piso en diciembre. Cuando yo me fui contrato una empresa que limpia el piso y eso y también me lo quiere reclamar y resulta que dice que el piso se lo ha quedado el banco por que no puede pagarlo. Yo la hacia transferencias a la cuenta de su madre no a la suya y en concepto ponía transferencia así ella en estos ocho años no ha declarado alquiler del piso. Yo no se hasta que punto puede reclamarme ella..gracias.
Has estando pagando el alquiler a la madre de la propietaria, cos no usual, salvo que tengas por escrito acuerdo expreso para hacerlo así. Como le adeudas tres meses de alquiler se los pagas, a cambio de un documento firmado por ella de saldo y finiquito.
Es la hija yo nunca he firmado nada. Es más el día que me fui quedamos con ella fue mi marido le entregó las llaves solo dos juegos nunca me han dado todas las llaves la enseño donde estaba el trastero las plazas de garaje subió al piso le tuvo que enseñar como funcionaba la caldera y mi marido se fue y al cabo de los días me dice que si ha contratado a una empresa para ver los desperfectos del piso. Y luego resulta que el banco se ha quedado con el piso por que no puede pagarlo.
Tendría que indicar si tienes un recibo de la entrega de las llaves o si te limitaste a abandonar la vivienda sin dar conocimiento de ello a la arrendadora. Igualmente convendría dijeras si la propietaria del piso es la madre o la hija.
Hola, Firmaste el contrato de fin de arrendamiento?? Siempre que se finaliza un arrendamiento, hay que plasmarlo en un contrato de fin de arrendamiento, en este contrato, se deberá reflejar en que condiciones está la vivienda en el momento de abandonarla, el estado de la luz, gas y agua, y que incidencias hay en el fin de arrendamiento. Una vez pasados 30 dias de esta firma, el arrendador le tendrá que devolver la fianza, y le podrá descontar o reclamar lo que en este contrato se refleje, y los contadores consumidos por usted. Si no se firmó nada, la ley entiende que el arrendador acepta el estado de la vivienda, y por lo tanto, tiene que devolverle el 100% de la señal, excepto consumos de suministros.
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