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ana isabel villazan

inquilino/a

Alquiler

hola, vivo en un piso de alquiler desde hace año y medio, mi pregunta es.si quiero dejar el piso con cuanto tiempo de antelacion debo comunicarselo al propietario? y 2 pregunta, desde que llevo aqui viviendo no se me ha notificado si la renta me ha subido o bajado,como me puedo enterar si tengo que pagar mas o menos de alquiler? o a donde debo dirigirme para enterarme? les queda agradecida ana (Valladolid) un saludo

  • Preguntado por: ana isabel villazan
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Domus ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola ana:

    1º) Respecto a la duración de su contrato en el siguiente enlace encontrará información detallada sobre el tema de su consulta:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    2º) Respecto a la actualización de la renta en el siguiente enlace encontrará información detallada sobre su consulta:

     http://blog. Enalquiler. Com/2011/guias-alquiler-pisos/como-debe-actualizarse-tu-alquiler-durante-los-primeros-cinco-anos/

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Gracias por la atinadísima precisión, Amparo, se ne cruzó el plazo de la prórroga con el de la duración inicialmente pactada.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Coincido con la respuesta anterior excepto en lo de la duración mínima del contrato.

    art. 9:

    1  la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. "

    .


    2. Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración .

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Los contratos de vivienda tienen una duración mínima de un año, prorrogables a voluntad del inquilino hasta un máximo de 5. El inquilino podrá finalizarlo avisando con treinta días de antelación a cada cumpleaños, pero una vez llegada la fecha, si no se ha notificado nada al propietario, el contrato se sigue prorrogando automáticamente. Si se quiere finalizar antes de que llegue esa fecha anual, hay que llegar a un acuerdo con el propietario, pues la obligación es permanecer durante años completos.

    En cuanto a la subida de renta (bajar, no ha bajado) el propietario tiene que hacerlo valer notificándolo y acreditándolo mediante certificado del INE, y no puede cobrar cantidades atrasadas. En la pagina Web del INE, ine.es, tiene la información sobre las subidas del IPC, que es lo que se suele utilizar para actualizar los alquileres.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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