Buenos días, mi pregunta es la siguiente : mi contrato es de seis meses, con penalización de pago de meses que falten, es decir si me voy al mes tercero tendré que pagar los tres me que quedan. Encabezamiento pone arrendamiento de vivienda y mi residencia habitual no indica la del alquiler, tampoco pone, que sea renovable. Ni el motivo mío que era por contrato de trabajo y que no sabia si me lo iban a renovar. Mi pregunta es : tengo que pagar al casero si me voy al tercer mes?. Avisando por burofax con 30 días. Es abusiva su cláusula, es un contrato temporal o de vivienda. Gracias
Si es contrato temporal, distinto de vivienda, ha de cumplirse o pagarse íntegramente. Si es contrato de vivienda, han de cumplirse o pagarse íntegramente los primeros seis meses. Así que en este caso no influye qué tipo de contrato sea. El resultado a su pregunta es el mismo usted tiene que pagar
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