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Entré en régimen de alquiler con contrato solidario sin fecha de fin de contrato y di la fianza que se entregó al inquilino que salía del piso. La parte arrendataria tomó la primera fianza de los primeros inquilinos que han ido cambiando y posteriormente la fianza se da cuando entra un compañero nuevo, ahora que he salido del piso y la parte arrendataria me da de baja del contrato deja en manos de los compañeros la devolución de la fianza que como tardan 1 mes en encontrar otro inquilino no me dan la fianza argumentando que la usarán para el pago del mes que ha transcurrido. Esto ocurrió antes y al compañero que salió se le dio la fianza y entre los que continuamos pagamos la parte correspondiente de mes. En mi caso como me voy de Madrid y no puedo reclamar en persona no me quieren devolver la fianza. ¿Debo reclamar a la parte arrendataria?
Si te has marchado correctamente como establece la ly y no has dejado ningún desperfecto, el arrendador ha de devolverte la fianza en plazo de un mes a contar desde que el contrato de arrendamiento quedó rescindido. De lo contrario podrás reclamársela por la vía judicial en un monitorio.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado