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A qué obliga alquilar un piso amueblado? Debe incluirse menaje de cocina, ollas cacerolas, sartenes. Sábanas, mantas, edredones, toallas, alfombras. Tv, tdt.?
estoy viendo pisos y algunos simplemente tienen una mesa, cuatro sillas, un camastro (a veces no tienen ni colchón, es un somier con patas) y poco más. Ni una triste mesilla de noche, ni una lamparita. Quería saber si hay algo estipulado. Gracias
Resumen, Ud. alquila la casa con lo que tenga dentro. El arrendador no está olbigado a incluir nada más que los muebles que tenga la casa cuando la alquile.
Si quiere que le pongan algo, y el arrendador acepta, asegúrse de incluirlo en el contrato de arrendamiento.
En España no se contempla el alquiler de la vivienda amueblada, salvo lo estipulado en el art 2.2 LAU: Las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario,
La unica estipulación es el contenido de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que no contempla ese supuesto, debe completarse con los pactos entre las partes reflejados en el contrato. Le recomiendo la lectura del DECALOGO DEL INQUILINO