¿Está ya viviendo en el apartamento? Si es así seguramente se retrasan en hacer el contrato. Lo importante es que reflejen las cláusulas que han pactado. Aunque no se hiciera contrato escrito, valdría el verbal, siempre que tenga justificantes de ello. Cualquier pago, comunicación incidencia, reclamación, por escrito y mejor por burofax con acuse de recibo. Saludos,
Si tienes tus justificantes de los pagos ni te preocupes, porque sí tienes contrato, pero es verbal, que tiene tanto valor legal como el que se escribe. Tu guarda bien todos tus pagos mensuales y tienes un contrato que te beneficia más que si hubiérais escrito uno, pues en ese escrito, probablemente, tu casero habría puesto a tu cargo IBI, Comunidad, habría puesto cláusula de rescisión por su propia necesidad... Ahora tu única obligación es pagar la renta pactada, y actualizarla una vez al año en función al IPCGN. No puede exigirte nada más.
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