Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Despues de tres años alquilado, ahora me pide el propietario que abone la comunidad que no me había cobrado nunca y que si figura en el contrato y dice que se lo tengo que pagar desde el inicio.
Considero que no se puede prohibir el acceso al arrendatario para la revisión y control de sus contadores de suministros, ni el acceso al buzón del correo.
En cuanto a la reclamación de los gastos de comunidad, hay un artículo muy interesante publicado el pasado 5-8-13 por el Abogado D. Pedro hernández del Olmo ( PHOLM0) titulado " El retraso desleal en el ejercicio del derecho" en el sentido de no proceder la reclamación del casero, por dejación, al no haberlo pedido desde un principio, y habida cuenta de los años transcurridos.
Si tienes en contrato que debes de pagar la comunidad con la cantidad incluída,sí que deberás pagar
Hola jordi:
para responder a su consulta es preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
¿Cómo figura en el contrato? ¿Figura el importe mensual al que asciende?