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Buenas tardes,
Llevo desde el 1 de Julio viviendo en un apartamento con mi pareja. El contrato es de 1 año y según el contrato si nos vamos antes perdemos la fianza. La casa se encuentra en las siguientes condiciones:
-- Cuando la lavadora tira el agua sale por la bañera con restos de comida y aceite. Se lo dijimos a la dueña y llamamos a un fontanero nos dijo que era de la instalación de la lavadora que habría que cambiarla y ha pasado del tema.
-- El lavabo y el bidel no traga el agua.
-- En la pared se escuchan ratones.
-- La mitad de los enchufes no funcionan.
-- El somier es más pequeño que el colchón.
-- Cuando queremos desenchufar el ordenador de la corriente se sale el enchufe.
Hemos estado aguantando estos meses porque no teniamos a donde ir, ahora hemos encontrado un piso en mejores condiciones por el mismo precio y queremos irnos. ¿La dueña tiene derecho a reclamarnos? ¿Nos debería devolver la fianza ya que la casa no esta en perfectas condiciones como dice el contrato?
Si la propiedad no accede a la extinción del contrato por mutuo acuerdo, no hay más remedio que instar su resolución judicial mediante demanda, pues aunque se abandone la vivienda y se entreguen las llaves sin una declaración expresa de extinción por parte de la propiedad, continúa la obligación de pagar rentas. No hay más remedio que forzar una extinción del contrato de mutuo acuerdo con la propiedad o demardar judicialmente.
En los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial de arquitecto y puede intentar obtener la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
yo estoy en una situacion similiar y al final he contrado los servicios de un abogado y me ha redactado un burofax que justo hoy les ha remitido.mandale uno tu con acuse de recibo dandole xdias,los que tu consideres oportunos para que te arregle todo sino de acuerdo con un apartado de la ley de arrendamientos rescindes el contrato en 30 dias.haz yna relacion de todos los desperfectos y se lo mandas pero solo es valido via burofax con acuse de recibo