Si abandono una habitación alquilada antes del mes acordado ¿tengo que pagar un mes de fianza?
Hola, en noviembre del 2008 alquilé una habitación de estudiantes para mi hijo. El contacto siempre ha sido verbalmente con otro inquilino del piso, a este le he pagado los meses correspondientes por transfernecia bancaria. En un principio acordamos (este estudiante y yo verbalmente) que mi hijo ocuparía la habitación hasta junio pero en este mes (marzo 2009). Mi cuñada se ha mudado a esta ciudad y mi hijo se ha trasladado a vivir con ella. Ahora uno de los dos estudiantes con los que convivía mi hijo me dice que le tengo que pagar el mes entero (estoy de acuerdo aunque es día 13) y abonarle otro mes de fianza por incumplimiento de contrato. Con esto no estoy de acuerdo porque ya están intentando alquilar otra vez la habitación, como es lógico. Yo le insisto que me dé el teléfono de la dueña del piso para hablar con ella pero el estudiante dice que hasta que no le pague a él no me lo facilita. Esto no me huele bien. ¿que debo hacer?
Al tratarse de un arrendamiento de habitaciones se rige por las normas génericas del Código Civil y estos arrendamientos se terminan cuando lo diga el contrato o acuerdo entre las partes. Si tú decides terminarlo antes de tiempo y no hay ninguna cláusula de penalización en el acuerdo por hacerlo, entonces debes negociar la salida más favorable para ambos. Si alquilan la habitación de tu hijo, entonces no tendrán fuerza para pedirte indemnización porque la habitación ya ha sido ocupada de nuevo y no habrá pérdida económica.
Otra cosa, si se están alquilando habitaciones sin consentimiento de la casera, los que lo hacen se podrían estar metiendo en un problema.
El estudiante que os arrendó una habitación ha cometido una falta muy grave en su obligación contractual ya que está totalmente prohibido alquilar habitaciones, si la propietaria se entera puede enfadarse hasta tal punto de no volver a alquilarle más el piso al estudiante. El gran problema de su pregunta es que tanto su hijo como el que le alquiló la habitación no tiene ningún derecho sobre lo que solicitan ya que ambos están realizando un acuerdo privado que no esta regulado por la Ley de arrendamientos Urbanos (LAU).
El arrendamiento de habitaciones está prohibido, igual que el subarriendo de una vivienda.
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