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¿qué tengo que hacer si lo quiero rescindir antes de los 3 años?
En el caso de que sea de un local comercial deberá cumplir el contrato o se arriesga de que el arrendador demande.
Si se trata de un alquiler de vivienda habitual, puede marcharse con un preaviso de 30 dias.
Ahora bien, debe leer el contrato para saber si hace alguna referencia a alguna penalización por rescindir el contrato, si la hay, deberá hacer frente a ella en caso de incumplimiento, esta penalización no podrá exceder su importe de la renta de dos meses de alquiler.
En cualquier caso, la mejor opción es intentar negociar con la otra parte
Primero mire el contrato a ver si tiene cláusula penal, si no la tiene puede marcharse preavisando con treinta dias, si la tiene también puede marcharse pero pagando esapenalización que no podrá ser superior a dos meses de alquiler.
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