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¿A qué más estoy obligado?
¿se puede negar el casero?
gracias!
ahhhh me olvidaba, depende lo que ponga en tu contrato quizá si puedes irte tras la renovación. Yo tengo una clausula que dice que pasado el primer año me puedo marchar cuando quiera sin esperar a una anualidad siempre y cuando avise con 60 días.
va a ser que lo estas haciendo mal, tenias que haberle avisado el 15 de abril para marcharte el 15 de mayo, al no haberlo hecho el contrato se ha renovado para otra anualidad.
Si no se fializa el arriendo al cumplir el primer año, el contrato se prorroga automátiacamente por un año más... No por un mes.
Si se va en el primer mes de la prórroga, puede ser demandado por incumplimiento de contrato.
Va a tener usted qe negociar con el arrendador, teniendo en cuenta que usted es el incumplidor, y que "algo" tendrá que perder (indemnización al arrendador) si desea no acudir a los tribunales.
Saludos - Papeleos Alquiler.