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En el contrato señala que no está permitido... Puede echarnos? Y Que haríamos entonces mi pareja mi perro y yo? A la calle? Nos devolvería la fianza? El contrato se anularía?
En todos los contratos, ambas partes estipulan una serie de condiciones. Si se acuerda en el contrato en alguna cláusula la prohibición de tener cualquier tipo de animal estás incumpliendo el contrato por lo que sí te puenden obligas a echar fuera al animal o rescindir en contrato. Por ello, es conveniente cuando se visita una vivinda y estás interesados, el ser clro y comentar que hay un animal que va a convivir o que teneis pensamientos de tener uno y así el propietario poder decidir si le conviene o no. Yo entiendo que un animal bien educado no tiene por qué destrozar nada, pero encaso por ejempo, de viviendas con suelos de madera, lo puedo entender.
Si en el contrato está prohibido el tener animales os puede demandar por incumplimiento de contrato y no solo terminareis en la calle, sino que os tocará pagar las costas del juicio, alrededor de unos 5mil euros.
Lo que deberías hacer es, o cambiar de piso a uno que permitan animales, o donar el perro a alguien que pueda tenerlo.