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Me surge esa duda en base al resumen que se hace en la página donde se dice que no necesitan certificado: e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2
Buenas tardes,
Efectivamente lo necesita a no ser que el edificio esté aislado, lo alquile o habite por un periodo menor a 4 meses y que durante éste periodo el consumo energético sea inferior al 25% del total anual.
Saludos
Corrijo lo que dije anterior mente. El R.D. habla de USO y no de alquiler. Por ejemplo, si yo alquilo el apartamento 3 meses al año y durante ese mismo año yo (o cualquiera) lo uso durante un mes y medio, ya me habré pasado de los 4 meses y sí necesitaría el certificado.
Esto me lo ha aclarado un funcionario que se dedicará a realizar las inspecciones pertinentes en Canarias.
Totalmente de acuerdo. Importante el tiempo de alquiler. Para menos de 4 meses no es necesario tenerlo. Aunque siempre es útil, da información para mejorar el apartamento.
Si, como dice usted, es un apartamento posiblemente no esté aislado (comparte alguna pared, techo o suelo con alguna otra vivienda o local) sí lo necesita. Hay otra excepción si usted alquila dicho apartamento un máximo de 4 meses al año, independientemente del tamaño de la vivieda
Si lee este artículo y sus comentario verá que la respuesta a su pregunta no es pacífica