¿El propietario de una vivienda arrendada, puede rescindir el contrato porque razones económicas le obliguen a venderla?
Sin que haya ningún otro motivo de incumplimiento por parte del inquilino, existe alguna posibilidad de rescisión del contrato por "razones económicas". En caso de necesitar vender y el comprador acepte el hecho de que el piso está arrendado, ¿el inquilino debe prestar algún consentimiento? ¿se le debe ofrecer primero el piso a él?
El inquilino tiene derecho de opción sobre la venta y debe mantenerse en el arrendamiento si no lo ejercita, le recomiendo lea en mi blog sobre el asunto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
No cabe resolución del contrato por ese motivo. No se puede echar al inquilino.
Si hay una venta el inquilino tiene derecho de adquisición preferente: en igualdad de condiciones con la oferta de un tercero, tiene preferencia.
Se puede vender el piso pero el inquilino conservará el contrato hasta un máximo de cinco años en la nueva LAU, o sin límite si el contrato es anterior a 1995.
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