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Hola, he recibido un burofax reclamáncome una deuda de dos mensualidades y me dan un plazo de 5 días para abonarla, con amenaza de desahucio. Como no puedo pagar la deuda en ese plazo planteo algunas dudas:
-¿Tiene validez este plazo? ¿No existe un plazo legal establecido de 30 días?
Y, en todo caso, ¿cuál prevalece ante una posible demanda si decido pagar a los 27 días de recibir el burofax?
Gracias
Conviene aclarar conceptos. El plazo de pago del alquiler es/suele ser los primeros cinco días de cada mes , el plazo de un mes es el que debe dar el casero si no quiere que el inquilino enerve/paralice la acción de desahucio pagando en el Juzgado. Esa paralización llevará consigo las costas a su cargo normalmente.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Incluso se detendría el desahucio siempre que pagues el total de la deuda el día antes de la fecha del juicio...
Pero habrás quemado el último cartucho.Al siguiente impago, no habría forma de pararlo.
Si puedes, te convendría más pagar antes de que te demanden..
Saludos - Papeleos Alquiler.