Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Si pago esa parte yo desaparecería el problema? tengo un hijo de 9 años que vive conmigo.
Si en el conveno regulador se le ha atribuido a tu hijo el uso y disfrute de la vivienda, no podrán echaros si wl uso y disfrute está inscrito en el registro de la propiedad.
También puedes pagar tú la deuda y así no te embargarán.
Vera Grande Alonso
Abogado