Hace unos meses me decidí a alquilar una vivienda de mi propiedad (no de uso habitual) por habitaciones. Hasta ahora solo vivía un amigo mío con contrato verbal en el que él me realizaba pequeños pagos y éstos irían para la remodelación de la casa (estaba en malas condiciones) y, en los casos necesarios, se ocupaba él de pequeñas reformas (pintar, montar muebles, etc) con un descuento de la cifra acordada por los servicios prestados. Sin ningún problema nunca.
Hace 30 días entró un señor en una habitación con su contrato correspondiente. En el contrato se especifica la duración (6 meses), que será para el uso de él y su cónyuge, que yo me encargaría de los problemas de habitabilidad de la vivienda (faltan poner agujeros en manetas de las puertas, pese a que tienen su cerradura con llave y tirar algunos muebles viejos) que todo se regula por el Código Civil y que abonaría el depósito prorrateado semanalmente con la cantidad estipulada.
Tras estos días se me presentan los siguientes problemas:
1. Pasadas 4 semanas, aún no ha hecho efectivo nada del depósito. En el contrato pone que tiene un total de 6 semanas, pero no veo muy probable que se haga efectivo. Puesto que ahora se niega y cito textualmente: "dejate de chorraditas de fianza que solo hay los enseres de la habitación". ¿El depósito es solo por los enseres de la habitación o por los de toda la casa? En el contrato tengo puesto de todos.. Insisto en lo de depósito, puesto que no es fianza (según tengo entendido hay ligeras diferencias)
2. Este inquilino se niega a que pueda alquilar otra de las habitaciones a una mujer. Su respuesta ante el aviso de dicha visita (insisto en el término visita. No alquiler) fue textualmente: "Si le alquilas la habitación a una chica, yo me voy". "No tengo porque compartir vivienda con otra mujer si yo no quiero". Y en este caso citando también al otro chico (que me ha manifestado que no tiene ningún problema), cita de nuevo: "no respetas la opinión de los dos inquilinos de no alquilar a una chica". Todo esto sin que se haya realizado la visita..
3. Le he expresado en continuas ocasiones realizar una visita para tirar esos muebles viejos y poner las manetas correspondientes. Ante lo que se niega, aludiendo a que no tengo derecho a entrar a la vivienda sin su consentimiento. ¿No sería solo a su habitación? Si es solo lo de la habitación: ¿Qué documentación debería tener a la que acogerme? Me amenaza con demandarme por allanamiento de morada si entro sin su permiso.
4. Creo que una de las hijas del matrimonio está viviendo en el piso. Como prueba solo tengo una foto de ellos en la playa (padre e hija), cuando supuestamente este hombre y su mujer vienen de otra localidad. ¿Qué pruebas debería recopilar para demostrarlo? Puesto que en el contrato solo está la pareja.. Al comentarle que una chica vería la habitación se le ocurrió "de repente" que a ver si le podía alquilar también la otra habitación. Algo que me hace sospechar mucho junto con lo aportado en el punto 2...
5. Ante mi insistencia en lo de las manetas y la visita de la chica (por fin conseguí día para ambos), pero me acusa de: - querer entrar cuando yo quiera al piso. Siempre aviso con antelación, pido consentimiento y es para realizar reformas en la vivienda. No entrando nunca sin consentimiento de ambos o de la presencia de alguno de ellos. - No entregarle el recibo del primer mes de alquiler (fallo mío). Aunque nunca me lo dio a mi, sino al otro chico... Y me asegura que él solo quiere (cito textualmente): "Estar en mi casa tranquilo y relajado, pagando y sin que nadie moleste mucho". A lo que yo expresé que tiene una habitación y que aún adeuda el depósito.
Después de todo, me dice que va a llamar a un amigo suyo guardia civil (después de amenazarme con una posible agresión) y que éste se encargará de todo y me amenaza vía whatsapp con demandarme por:
- Realizar un contrato en B. No sé si se referirá al suyo (firmado por ambos) o al del otro chico, que es verbal. - Insalubridad de la vivienda; dice que hay cucarachas en la casa.. El problema se ha intentado solucionar previamente con métodos convencionales y, tras varios meses, es la primera noticia que tengo. - Malos olores de tuberías (cuando es un problema de la comunidad y ya está la administradora en conocimiento de ello). - No realizar las oportunas reparaciones para el buen estado de la vivienda. Algo que me resulta imposible sin poder entrar a la vivienda. En estos se incluye el arreglo de la puerta de la entrada (hay que dar portazo para que cierre) y en el contrato, yo me comprometía al arreglo en el plazo de 3 meses. - Tengo muy claro que a a la extinción del contrato debe marcharse, y sino debo acudir a via judicial. Pero me gustaría saber:
- ¿Puede negarme la entrada a la vivienda? ¿Y en ese caso, qué debo hacer para poder entrar? (ir con el contrato? policía?) Dice que como mucho podría entrar una vez al mes..
- ¿Puede negarse éste inquilino a no convivir con: mujeres, parejas, latinos y gente mayor? (tela!) ¿Está estipulado en algún sitio esa negativa (o más bien exigencia)?
- Si el depósito no se realiza a tiempo, se retrasa en el pago de las rentas estipuladas del 1 al 5 y dice que me pagará el 9 puesto que, según él entró ese día, (yo estaba de viaje pero tengo pruebas de que estuvo en el piso bastante antes) o puedo demostrar que en la vivienda hay alguien viviendo (la hija) que no está en el contrato. ¿Se podría rescindir de forma unilateral el contrato? ¿Y como podría demostrar en este caso que está viviendo la hija?
Agradecería una pronta respuesta puesto que éste sábado debo ir a la vivienda (espero que no me nieguen la entrada) para las reparaciones y tirar los muebles viejos. Y el domingo se realiza la visita de la chica mencionada.
Un cordial saludo
Preguntado por:
Oscar
Hace 8 años
Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Amparo BB
profesional
Hola, busque en google a Pelayo de Salvador. Es experto en materia inmobiliaria y vive en Mallorca.
Muchas gracias por tan rauda contestación Amparo. Estoy en Palma de Mallorca. Y si hay algún abogado de esta localidad en el foro que me pueda asesorar y, llegado el caso, llevar los trámites que sean necesarios le estaré muy agradecido.
1. TANTO LA FIANZA COMO EL DEPÓSITO GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS OBLIGACIONES DEL INQUILINO. La diferencia es que el depósito es opcional (algo que se pacta entre las partes y que custodia el casero) y la fianza es obligatoria y debe ser ingresada en el organismo competente en vivienda de su comunidad autónoma. 2. No entiendo esta pregunta? NO PUEDE NEGARSE? Tú eres el que elige los inquilinos. Si quiere elegirlos él que alquile un piso completo junto con quién él desee. 3. Es al revés, es él quien tiene que tener documentación que le impida a usted entrar en la casa. Como lo sería un contrato de arrendamiento de la vivienda completa. Un contrato de habitación no sirve para impedirle a usted la entrada en las zonas comunes. 4. No creo que se pueda impedir que un hijo viva con sus padres. 5. Ante mi insistencia en lo de las manetas y la visita de la chica (por fin conseguí día para ambos), pero me acusa de: · querer entrar cuando yo quiera al piso. Siempre aviso con antelación, pido consentimiento y es para realizar reformas en la vivienda. No entrando nunca sin consentimiento de ambos o de la presencia de alguno de ellos. (mientras usted NO ENTRE en las habitaciones, puede entrar en las zonas comunes cuando quiera, incluso sin avisar. Aunque está bien hacerlo pero por pura cortesía) · No entregarle el recibo del primer mes de alquiler (fallo mío). Aunque nunca me lo dio a mi, sino al otro chico... (Pues entrégueselo y solucionado) Y me asegura que él solo quiere (cito textualmente): "Estar en mi casa tranquilo y relajado, pagando y sin que nadie moleste mucho". A lo que yo expresé que tiene una habitación y que aún adeuda el depósito. (Muy bien dicho, pero yo me libraría de ese elemento cuanto antes) Después de todo, me dice que va a llamar a un amigo suyo guardia civil (después de amenazarme con una posible agresión) y que éste se encargará de todo (jajaja me partoooo la Guardia Civil no pinta nada en estos temas de arrendamientos? NI CASO) y me amenaza vía whatsapp con demandarme por: · Realizar un contrato en B. No sé si se referirá al suyo (firmado por ambos) o al del otro chico, que es verbal. (LOS CONTRATOS NO SON NI A, NI B,NI C, solo el dinero lo es? y eso no es demandable por ningún inquilino, es un asunto entre usted y la AEAT) · Insalubridad de la vivienda; dice que hay cucarachas en la casa.. El problema se ha intentado solucionar previamente con métodos convencionales y, tras varios meses, es la primera noticia que tengo. - Malos olores de tuberías (cuando es un problema de la comunidad y ya está la administradora en conocimiento de ello). (PERFECTO ENTONCES NO SE PREOCUPE) · No realizar las oportunas reparaciones para el buen estado de la vivienda. Algo que me resulta imposible sin poder entrar a la vivienda. En estos se incluye el arreglo de la puerta de la entrada (hay que dar portazo para que cierre) y en el contrato, yo me comprometía al arreglo en el plazo de 3 meses. - (Pues ya sabe que puede hacerlo cuando quiera porque es zona común y no necesita permiso )
Tengo muy claro que a a la extinción del contrato debe marcharse, y si no debo acudir a via judicial. Pero me gustaría saber:
- ¿Puede negarme la entrada a la vivienda? ¿Y en ese caso, qué debo hacer para poder entrar? (ir con el contrato? policía?) Dice que como mucho podría entrar una vez al mes.. Ya se lo he dicho. No puede. Ni él a usted ni por desgracia usted a él.
- ¿Puede negarse éste inquilino a no convivir con: mujeres, parejas, latinos y gente mayor? (tela!) ¿Está estipulado en algún sitio esa negativa (o más bien exigencia)? PUES CLARO QUE NO? SON GANAS DE FASTIDIARLE ¿No lo ve?
- Si el depósito no se realiza a tiempo, se retrasa en el pago de las rentas estipuladas del 1 al 5 y dice que me pagará el 9 puesto que, según él entró ese día, (yo estaba de viaje pero tengo pruebas de que estuvo en el piso bastante antes) o puedo demostrar que en la vivienda hay alguien viviendo (la hija) que no está en el contrato. ¿Se podría rescindir de forma unilateral el contrato? ¿Y como podría demostrar en este caso que está viviendo la hija? Ningún contrato puede rescindirse de forma unilateral. O hay acuerdo o lo tiene que ordenar un juez. Cada vez que haya un día de retraso? comuníquelo por whatsapp, sms, mail.. y cuando tenga acumulados 2 o 3 retrasos, el siguiente? burofax redactado por abogado como paso previo para pedir el desahucio por demoras reiteradas. Díganos dónde está para ver si le podemos recomendar algún abogado del foro.
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