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Mi abogada me ha informado que ha sido admitida a trámite una denuncia de desahucio y reclamación de cantidad y que cuando mi inquilino (que ya abandonó la casa) sea notificado tiene diez días, a partir de la notificación, para contestar, y que en caso de oposición tenemos juicio el día 05 de Noviembre y el desahucio para el 10 de diciembre mi pregunta es ¿Qué pasa si no logran notificarle ya que no se sabe su nuevo domicilio?
Es que estoy muy preocupada ante la incertidumbre porque me hace falta recuperar la vivienda cuanto antes.
Gracias de antemano por vuestros consejos
Pholmo ,yo voto por que modifiques el cecálogo del casero e introducir fianza + aval
Estoy observando que prácticamente se reducirían los problemas del casero en un 90%
Partiendo de lo que ha dicho Javier que debe ser su abogada quien le informe del desarrollo de los acontecimientos, la realidad es que hay inquilinos expertos en no dejarse notificar y los Juzgados son bastante reacios a la notificación por estrados, de modo que ármese de paciencia,y, como le diría también Javier para la próxima pida un aval bancario de 6/8 mesesde alquiler y de momento lea el DECALOGO DEL INQUILINO.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Se hacen 2 intentos, si no la recoge o no está se da por notificado y recibido.
No puede entrar en la vivienda hasta que el juzgado se lo diga.De todas las formas,es su abogada la qiue le debe dar las indicaciones,que para eso está.
Y pensar que esta situación se hubiera evitado,simplemente pidiendo una fianza + aval de 7-9 meses.Ahora deberá esperar y encontrar al moroso y que encima sea solvente
Me pregunto si la ley se aplica igual en todos los juzgados de España o cada juzgado la aplica según la interpretación de los funcionarios encargados del caso en cuestión.
Jan, por tres veces han anulado el juicio ya que no han localizado al inquilino que se marchó, y aún continúan buscando el nuevo domicilio del mismo.
¿Es esto mal procedimiento judicial?
¿Qué podría hacer al respecto?
Gracias
Hola eugen:
No se preocupe ya que el domicilio válido a efectos de notificaciones es el de la vivienda arrendada. Por lo tanto, con independencia de que recoja o no la demanda se le tendrá por notificado.
reciba un cordial saludo
http://letradosalquileres.es.tl
Estimado/a,
La persona más adecuada para resolverle este asunto es su propia abogada.
Esto se lo tiene que aclarar su abogada, que para algo la tiene, pero supongo que si no le hallan, se lo notifican por edictos.