Hola. Tengo contrato de alquiler de vivienda de 12 meses. Firmado en 1 de septiembre 2017. Es decir se me acaba el contrato el 31 de agosto 2018 No tengo ningún preaviso por parte del dueño de no querer renovar o prorrogar el contrato. Aun así sin avisar me pide entrega de las llaves del piso en 31 de agosto. Puede pedir desahucio en este caso. El arrendador no me a avisado de no quere renovar o prorrogar. Ha entrado ya en vigor la prorroga? Necesito saber .. Gracias Saludosss
Preguntado por:
Desi
Hace 6 años
Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
nacho
casero/a
Artículo 9. Plazo mínimo (Redacción dada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas) 1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. ÿ Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años ÿ , salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Artículo 9. Plazo mínimo (Redacción dada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas) 1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Un arrendamiento de vivienda cualquiera que sea la duración pactada se prorroga automáticamente hasta cumplir los tres años, salvo que en ese ínterin el inquilino decida desistir, darlo por terminado.
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