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ME han alquilado un local comercial. El contrato estipula que tengo que pgara dentro de los primeros 5 días de cada mes.
Al principio no había problema, me mandaban la factura por correo electrónico y yo hacía el mismo día la transferencia. Les pedí que domiciliaran el pago pero no quisieron.
El caso es que desde hace varios meses lo más pronto que me envían la factura es el día 7 de cada mes (fecha de matasellos), ya no la envían por correo electrónico y algún mes ni la han enviado y se la he tenido que reclamar para poder pagar.
Estoy al corriente de pago, pero últimamente siempre tarde por esta circunstancia.
Pueden agarrarse al desahucio express por esto?
Pd: El edificio, centro comercial, lo quieren vender y sospecho que yo les estorbo para que se instales una gran cadena que ocupe todo el centro comercial
No hay que confundir la obligacion de pago en el devengo con los plazos para expedir la factura correspondiente, es decir, que tu obligacion es pagar antes del dia 5 de cada mes por transferencia si no quieres exponerte a una demnda de desahucio por impago de la renta, sin perjuicio del plazo para que te sea remitida la factura correspondiente que en ese caso es hasta el día 16 del mes siguiente del devengo.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Hay una pregunta previa: ¿Como paga? En efectivo, por giro por transferencia? la respeusta es fundamental para asegurar que tieen justificados sus pagos. Una factura sin el recibí no justifica el pago.
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