Ola buenas tengo un piso alquilado ya hace tres años,hoy se me acaba el contrato . El dueño no me lo quiere revovar,me aviso hace diez días. .. dice que me envio un burofax,del cual yo no e recivido ni tengo ningun papel que me diga que han venido de correos. El dueño a venido hoy diciendome que me desdesaucia . Que el lunes le diga si le pago la deuda de facturas,no de alquiler ya que nunca lo dejé de pagar. Y la deuda jamas me la negue a pagar. Que si no le doi el dinero el lunes me desdesaucia ... que no me hace ninguna prorroga. Tambn informo que yo tngo una fianza y un aval de 3000 euros . Los perderia si me desadesahucia? Con ese dinero mio no se puede pagar esadeuda??puede desdesadesahuciarme sin yo haberme enterado de que no se renueva el contrato?? No se me a renovado ya si es el mismo dia de fin de contrato y sigo aqui y el no dijo nada ?? Aparte e estado enferma y mis ahorros los tuve que gastar porque mi mascotas las tuvieron que operar y otra por enfermedad grave. E estado muy liada y se me a venidotodo encima ,yo quiero solucionar pero el duedueño me habla hasta mal.
totalmente de acuerdo con PdC, si el preaviso es solo de 10 dias, tiene derecho a quedarse un año más. Y no, no tiene porque perder su fianza ni el puede ejecutar el aval sin justificarlo.
Buenos días, Vayamos por partes, si va a cumplir los tres años, el arrendador tiene derecho a dar por finalizado el contrato si ha hecho un preaviso con al menos 30 días de antelación. El hecho de que no haya recibido el burofax no le va a eximir de su validez. Si fuera usted, lo primero que haría es pedirle una copia de dicho burofax para comprobar que efectivamente se ha cumplido el preaviso. En caso de ser así, debería irse si no quiere verse envuelta en una demanda de desahucio por finalización de contrato.
La fianza y el deposito extraordinario no debería perderlos si se va en el momento en que venza el contrato, lo más que le podrán quitar es el importe de las facturas de las que habla, siempre y cuando el arrendador pueda justificarlas...el desahucio no es un hecho inmediato, tiene unos plazos procedimentales, por lo tanto, si no pagara la renta/facturas, se iría incrementando la deuda que se ajustaria con las mencionadas garantías Un saludo
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