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Hola, después de llevar 1 año y 5 meses en el piso y pagándolo todo puntualmente, como dios manda, me dice la dueña que tengo que irme debido a la clausula del contrato, la ley de arrendamientos urbanos 4/2013, del 04.06.2013, en su capitulo II- Art. 9 - párrafo 3, ya que lo necesita para su hijo, pero el problema que yo me encuentro es que este piso estaba vacio, y me gasté casi 1000 euros en amueblarlo mas los 850 euros que me cobró la agencia, es decir que me encuentro que tengo dos meses para irme y no tengo dinero para buscar otro piso, ya que tendría que pagar la mudanza y otra vez la comisión de la inmobiliaria y buscar un piso vacio......mi pregunta es....puede la dueña echarme de esa forma, o tendría que pagarme la mudanza y el dinero perdido con la inmobiliaria.....ya que no me deja cumplir el contrato, que yo por mi parte estoy encantado aquí....o si puedo conseguir que no me eche o que me eche mas tarde, ya que necesitariaahorrar para la mudanza y la comisión de la agencia, que si no me veo con los muebles durmiendo en la calle, ya que tengo en el banco muy poco dinero.....que puedo hacer???...ayudadme por favor...muchas gracias
si, claro. yo pretendo marcharme....si realmente lo necesita para su hijo que le vamos a hacer, pero quien me asegura a mi que la dueña me va a pagar la mudanza y la comisión de la inmobiliaria, en principio me dijo que ese no era su problema, que es una clausula del contrato y me tengo que ir....... asi que como podría asegurarme de cobrar si ella no quiere pagar.....tendría que denunciarla y eso es un follón....quizás me quede hasta cumplir el año como comentó Salvador y asi ahorro...muchísimas gracias por la información, me ha sido de gran ayuda....gracias