Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El plazo indicado en el requerimiento de pago -burofax- es de 1 mes
No me interesa mantener al inquilino, hay problemas en la comunidad y nunca ha pagado puntualmente.
En el burofax he incluído:
Le prevengo de que en caso de ser interpuesta demanda de desahucio transcurrido un mes desde el presente requerimiento sin que usted haya efectuado el pago solicitado, perderá la posibilidad de enervar la acción de desahucio, lo que le impedirá mantenerse en el uso de la vivienda, tal y como expresamente dispone el artículo 22, apartado 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La respuesta a esa pregunta solemente se la puededar el Juez ante quien interponga la demanda de desahucio, quien decidirá si el inquilino tiene o no la facultad de enervar ese desahucio.
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