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para que sea un juez el que me devuelva el piso?
El inquilino te ha deveulto las llaves? o se ha ido sin mas?
Si te ha devuelto las llaves, ese acto ya se puede considerar como rescisión, entonces si que puedes disponer de tu casa.
En cambio si no te ha devuelto las llaves ni se ha comunicado contigo, no podrias entrar en la casa, porque no hay pruebas fehacientes de que se ha marchado.
Y mi recomendación es que lo denuncies de inmediato por impago.
Hola Jesus Luque:
Salvo que su exarrendatario le haya hecho entrega de las llaves y dicha entrega pueda ser probada, usted no podrá entrar en la vivienda, sino que tendrá que interponer demanda de resolución de contrato por alguna de las causas del art 27.1 y 27.2 LAU 1994.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es
Tienen que presentar una denuncia y que el juez le devuelva su casa, ahora no es suya y no puede entrar para nada o se arriesga a penas de prisión por allanamiento