Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

carolina hidalgo

casero/a

¿Cómo puedo echar a un inquilino de contrato temporal de 11 meses

En diciembre del 2009 hice un contrato de alquiler temporal a un chico, resulta que todos los meses tengo que acribillarle a llamadas para que me pague y de malas maneras, hasta el 1 de noviembre no le caduca el contrato, pero resulta que han pasado 15 dias que no me ha pagado, y no da señales de vida ni responde a nada, hasta el punto de plantarse en la casa y esperar a que salga o entre y nada no consigo localizarlo. que puedo hacer ? puedo llamar a un cerrajero y cambiar la cerradura? puedo hacer eso y decir que el contrato es falso porque no ha pasado por ningun control de asesor ni nada?? me paga en mano nunca ingreso ni nada. puedo darle de baja a la luz, agua, gas para que se vaya? que puedo hacer?

  • Preguntado por: carolina hidalgo
  • Hace 14 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (5)
deaquiydealli ha sido el primero en contestar
deaquiydealli ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    1º.-  Para que el contrato  sea temporal no basta que diga eso el contrato. Tiene que figurar vivienda habitual del inquilino  con  empadronamiento y justificantes.  Si  no tiene otra vivienda habitual,  se prorroga hasta los 5 años.

    2º.-  Solo un juez puede echarlo de la vivienda ( desahucio).  Si entras en la vivienda sin firmar antes el inquilino la entrega de llaves o FINAL DE CONTRATO, cometes un delito de allanamiento de moradas  (seis meses a  2 años de cárcel si te denuncia).-

    3º.- El contrato es válido  aunque lo hicieras en una servilleta  o  sea  verbal, siempre que lo demuestres ( facturas,.....)

    4º.-  No puedes dar de baja los suministros. Puede demandarte por coacción. Si figura que los suministros son  a su cargo puedes  desdomiciliar  el pago del banco  dando orden que no efectúen el pago y comunicar a la empresa suministradora que envíen factura al domicilio arrendado,  que ya se efectuará su pago en el banco por ventanilla. A continuación comunicar al inquilino el cambio de forma de pago mediante burofax con acuse de recibo y certificación de texto.  Tú no puedes cortar la luz, la empresa sí.

    5º.-  Si   figura el pago por anticipado a primeros de mes  y  no lo ha hecho, puedes enviar burofax con acuse y certificación texto  que esperas dos o tres dias para que efectúe el pago y que si no lo hiciere, transcurrido un mes, tu abogado le demandará judicialmente.  Transcurridoi ese mes sin hacer el pago  no le acepta el juzgado dicho pago. Se  va direwctamente al desahucio. 

    6º.-  Aunque no recoija el burofax  es lo mismo.  Tú has justificado el aviso.

    saludos,

  • carolina hidalgo

    casero/a

    No tengo ningun justificante de pago ni nada, porque él no me paga por el banco, solo en mano.

    me he enterado por los vecinos de que tiene una plantación de marihuana en una de las habitaciones, además desde la calle se ven focos grandes por la noche. ¿qué puedo hacer en esta situación?

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Le das algún tipo de recibo conforme va pagando los meses de alquiler? Si la respuesta es negativa, podrías incluir esos meses en la demanda de desahucio

     

    cómo puede aconsejar nadie algo asi? Esto es el colmo de la poca vergüenza....si no cobra pues que inicie un proceso de desahucio pero incitar a incluir lo cobrado me parece  hasta delictivo.

     


     


  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    El contrato es válido y legal. Si le cambia la cerradura se expone a que le denuncie y se encuentre pagando una multa y una indemnización. Puede enviar un burofax reclamando la deuda o acudir directamente a un abogado para presentar la correspondiente demanda.

    www.asistencialegal.net

  • deaquiydealli

    casero/a

    no te va a quedar más remedio que iniciar un trámite de desahucio.

    no cambies la cerradura, ya que él te podría denunciar por coacción, ya que mientras el contrato esté en vigor, el único que puede darte "permiso" para ello es el juez. El contrato no es falso y es totalmente válido en el momento que lleva la firma de las dos partes. Le das algún tipo de recibo conforme va pagando los meses de alquiler? Si la respuesta es negativa, podrías incluir esos meses en la demanda de desahucio, si la respuesta es afirmativa, por ahí no puedes hacer nada. En cuanto al agua, luz, gas... tampoco puedes darlos de baja, ya que al igual que la cerradura, podría denunciarte por coacción. Si los pagos están domiciliados a tu cuenta, lo mejor es llamar a las compañías, desdomiciliar los pagos y decirles que se pagarán en ventanilla, todo seguido manda un burofax con acuse de recibo y certificación de texto (23 euros), en el que le indicas este hecho. Da igual, si no lo recoge porque tu ya has hecho la comunicación, guardate la copia porque seguramente te la pedirán en el proceso de desahucio. Así, si no paga algún suministro, serán las compañías quienes se los corten.

     

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas