Debe pagar inmediatamente pues la sentencia de deshucio tiene carácter ejecutivo. Si paga el día del lanzamiento dicho pago no evita el mismo, pues para enervar la accion de desahucio la fecha máxima para pagar es el día de la vista del juicio. Por ello, el propietario le exigirá la entrega de la vivienda en la fecha prevista sin perjuicio de que pueda pactar con él la forma de pago de las cantidades adeudadas, si es deseo del propietario.
Un saludo,
Sergio Lusilla
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