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Sospecho que a mi propietario le van a embargar el piso, no paran de llegar avisos de cartas certificadas y el no viene a recogerlos. He oido por ahi que me pueden desalojar judicialmente del piso de la noche a la mañana y además quedarse con mis pertenencias que hay en el piso. ¿¿Eso es cierto??
De acuerdo con MARTA26. Tu vivienda es tu domicilio y el embargo dará lugar, si se produce, a un cambio de titularidad de la vivienda pero respetando los derechos que sobre ella tengan otros sujetos (en este caso, el inquilino, cuyos bienes tampoco pueden ser objeto de embargo pues el inquilino no es el deudor) Es más, si los muebles fuesen del propietario, correrían la misma suerte que la vivienda: serían embargables pero respetando su utilización por el inquilino hasta que el alquiler finalice. La persona o entidad que propueve el embargo, cuando se produzca, deberá notificar formalmente al inquilino que él es el nuevo propietario, justificándoselo, para que a partir de ese momento las rentas se las abone a él.
Por tanto no debe preocuparse por este asunto, simplemente seguir realizando los pagos en la forma prevista por el contrato y conservando el justificante de los mismos.
Si tienes un contrato de alquiler legal no te pueden desalojar. Lo que harán será avisarte del cambio de titularidad y vas pagandoles a los nuevos propietarios el alquiler