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Pol Grogeng

Pol Grogeng

inquilino/a

En el desahucio

Es cierto que ante un desahucio se puede hacer sin problema, pero ahora  va mi pregunta.

Estoy en un piso de alquiler VPO de momento estoy al corriente de pago, pero como prevenir es curar ahì va mi pregunta.

Mi salario pension de 640 euros al mes, el salario minimo interprofesional està en 642 euros.

Hace tiempo en un programa de ràdio hablavan sobre el tema i un especialista respondiò, 

Con estos ingresos i sin patrimonio no se le puede cargar ni atrasos ni gastos judiciales por muy proteccion oficial  que sea.

Hoy dia esto sigue igual?

Gràcias Ramon.

 

 

  • Preguntado por: Pol Grogeng
  • Hace 12 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (2)
Alberto Oteiza ha sido el primero en contestar
Alberto Oteiza ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Añadir algo. El salario/pensión tiene un límite para ser embargado, pero eso no parará el desahucio, ni tampoco evitará que en cualquier momento que tenga algún bien, herencia o lo que sea, sea embargado, sumándole los intereses de todo el tiempo que haya transcurrido sin abonar lo adeudado por el juicio de desahucio, que casi seguro que incluirá tb las costas judiciales.

    Un saludo.

    Añadir que el mínimo embargable por deuda hipotecaria es algo más alto. Está en 940 € + o -, pero en su caso no aplicaría, ya que es un alquiler, no una compra de un inmueble.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Alberto Oteiza

    casero/a

    Hola, he encontrado por internet este articulo y creo que es interesante saber lo que te puede embargar de la nomina legalmente

    el Salario mínimo interprofesional (Smi) es inembargable, según la Ley de Enjuiciamiento Civil. El Ministerio de Trabajo ha establecido el smi para 2011 en 641,40 euros mensuales

    • desde el año pasado, el Ministerio de Economía y Hacienda considera inembargable el Smi + un 10% adicional. De este modo, la parte mínima no embargable pasa a ser 705,54 euros al mes
    • los ingresos inembargables Se incrementan en un 20% (es decir, 128,28 euros) Por cada persona del núcleo familiar al cargo del deudor, esto es, sin ingresos propios regulares
    • estos cálculos se efectúan sobre el sueldo neto, ya descontadas las cotizaciones y retenciones pertinentes
    • si el ejecutado es Beneficiario de más de una percepción, éstas se acumulan para deducir una sola vez la parte inembargable
    • ¿cuánto me pueden embargar de la nómina? Ejemplo práctico

      dicho esto, vamos a ver cómo se calcula el sueldo inembargable. El sistema aplica un Porcentaje embargable creciente según el número de smi que contengan nuestros ingresos. Es decir, que hay que dividir nuestro sueldo por 641,40 euros, y calcular la parte embargable según el siguiente cuadro:

      smiporcentaje embargable1 smi0%2 smi30%3 smi50%4 smi60%5 smi75%resto90%

      de este modo, si cobramos 2. 000 euros netos al mes, nuestro sueldo equivale a 3,12 smi. Por tanto:

      • 641,40 euros (el primer smi) son inembargables. Es decir: 0 euros embargables
      • del segundo smi (641,40 euros), el 30% es embargable. Es decir: 192,42 euros embargables
      • del tercer smi, el 50% es embargable. Es decir: 320,70 euros embargables
      • del restante (75,80 euros), el 60% es embargable. Por tanto: 45,48 euros embargables

      por tanto, el Total embargable en este caso es de 558,6 euros, así que podríamos disponer de 1441,40 euros para pasar el mes. Esta cantidad es superior al mínimo de 705,54 euros, e incluso superior al mínimo que cobraría con 5 personas a su cargo, ya que cada una da derecho a 128,28 euros inembargables más, como se ve en la ...

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