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JOSE ANGEL GONZALEZ

casero/a

Desahucio a la antigua.
¿Qué me puede pasar si a la finalización de un contrato de alquiler de una oficina, cuyo inquilino lleva los dos últimos meses del contrato sin pagarme voy y cambio la cerradura?
  • Preguntado por: JOSE ANGEL GONZALEZ
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    No es recomendable cambiar la cerradura. Los motivos ya te los ha indicado muy bien PHOLMO.

    Y creo que también te imaginas que no es recomendable tampoco entrar sin permiso (allanamiento de morada) y destrozar todo (¿vandalismo?). Ni cortar luz, agua, gas, etc si éstos siguen a tu nombre (coacción).

    Da mucha rabia, pero se debe denunciar y esperar todo el tiempo necesario hasta que se dicte la sentencia a tu favor. Porque tarde o temprano saldrá a tu favor...
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Ya Juan, lo que pasa es que si se pudiese hacer (cambiar la cerradura y empaquetar las cosas), habría bastantes caseros que ante el menor conflicto entrarían haciendo eso sin ningún aviso ni nada y ale, dirían: es que no han cumplido lo acordado, es que pensaba que se han ido.... Y eso tampoco es correcto...

    Si cada uno hiciésemos lo que nos viniese en gana cuando quisieramos, esto sería un campo de batalla...

    Para evitar que se comentan atropellos (a ninguna de las dos partes) están las leyes y el juez para decir quién tiene razón.

    Estoy completísimamente de acuerdo en que la justicia va muy lenta y quien más sale perjudicado con eso casi siempre es el propietario. Pero es que si no lo hacemos así podemos tener aún más problemas.
  • Juan01

    casero/a

    Vamos a ver, entonces la ley está a favor de los sinvergüenzas y no de los caseros, que pagamos los impuestos.
    Hay que cambiar la cerradura, quitar las ventanas, taponar el wc, etc todo lo que sea en tal de que se vayan, ya que de todas formas, nos van a destrozar el piso cuando lo hagan.......eso es justicia?
    • Respondido por: Juan01
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Le recomiendo lea: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/la-inviolabilidad-de-la-vivienda.html aunque técnicamente no se trate de una vivienda.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes ver lo que te pasaría en el blog de PHOLMO:
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/la-inviolabilidad-de-la-vivienda.html

    En resúmen, entre 6 meses y 2 años de cárcel.
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