Hola Silvia;
El desahucio lo ordena un Juez y si la demanda está bien planteada se exigirá el desahucio y las cantidades adeudadas hasta que recaiga sentencia. Si el Juez falla a tu favor, y el demandado no cumple, deberás obligarle a través de una ejecución de sentencia.
Una vez desaloje al vecino se le reclamará las cantidades que adeude, más costas e intereses (ejecución de sentencia)
Si es insolvente lo deberá probar, pero siempre podrá encontrar algún trabajo o heredar algún bien y ese será el momento de cobrarse. Las sentencias prescriben a los cinco años, pero puedes interrumpir la prescrición solicitando la ejecución.
Saludos.
Puedes ponerte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda.
Atentamente.
Daniel Gutiérrez
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