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marisel

inquilino/a

Me han desahuciado de un piso por impago, ¿tengo que pagar lo que debo?
Me pueden embargar o eso se que así me he tirado un año y medio sin pagar hasta que ha llegado el desahucio, tengo dos niños pequeños.
  • Preguntado por: marisel
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
hidal ha sido el primero en contestar
hidal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • leonardo

    inquilino/a

    No he podido pagar el piso donde vivo, me demandaron y me enviaron una notificación para que me acerque al juzgado, lo hice en la demanda me comunican que para el 15 de abril está el juicio y para el 5 de junio el desahucio, ayer viene una persona del juzgado donde me indican que el desahucio es el 8 de abril, no comprendo porque no ha habido juicio, en la tarde me llega otra notificación que tengo cita el 15 de abril para que me presente al juicio, las dos notificaciones tienen fecha 23/03 . Me he ido al juzgado y me indican que la jueza a adelantado para dos meses el desahucio porque no he presentado un escrito, pero nadie me ha dicho que tenía que presentarlo, el desahucio me lo ha puesto para  el 8 de abril. Estoy deseperada, no tengo donde ir y aun no tengo dinero nisiquiera para poder alquilar otro piso, necesito que me ayuden

  • BUFETE JOVER

    profesional

    En el procedimiento de desahucio por falta de pago se suele acumular la reclamación de la rentas impagadas. Si esto es así, en la sentencia se le debe haber condenado a pagar estas rentas.

    Por tanto, usted debería pagar estas cantidades. Si no lo hace voluntariamente, se abriría un procedimiento de ejercución en el que intentarían averiguar bienes, trabando embargo sobre los mismos en cantidad suficiente para satisfacer la deuda pendiente.

    Alejandro Jover Antoniles
    Bufete Jurídico Jover
    www.jover-abogados.com
  • hidal

    profesional

    Primero se tendría que leer la sentencia de la demanda que te han interpuesto, si la sentencia solo ha sido desahucio por falta de pago no te pueden embargar, pero si el propietario realiza otra demanda por reclamación de cantidad, el propietario debería demostrar con alguna nómina o algún bien que tu tengas, para que el juez dicte orden de embargo. Habitualmente los propietarios no reclaman cantidades porque el pleito es costoso y requiere la seguridad de que el demandado sea solvente.

    Si todavía no se ha celebrado el juicio te recomiendo que te dirijas a los juzgados y solicites abogado de oficio, seguramente te paralizarán el juicio hasta que te concedan un abogado, y después sigue los consejos del profesional.
    • Respondido por: hidal
    • Hace 15 años
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