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¿Cuánto tiempo de cortesía debo esperar para reclamar a un inquilino el pago del alquiler? ¿Y cómo?
Algo así como un dia y "oye, perdona, que he visto que no me han cargado la transferencia bancaria. ¿ Ha habido algún problema? Es que me urge. Gracias"
Si en unos dias no te han dicho si ha habido un problema o no y se ha solucionado, pues da dos dias más o advierte que tendrás que empezar acciones judiciales si no abandonan la vivienda
Hola dolores:
le sugiero la lectura del siguiente enlace:
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
No hay un plazo prefijado. Reclamele en un plazo prudencial. Si teme el impago definitivo hagalo mediante burofax.
Salvo que el contrato establezca algo distinto, basta con que el inquilino no pague en los primeros siete días del mes para que el propietario pueda reclamar, incluso judicialmente.
Opcionalmente puede requerir de pago primeramente por burofax, que puede redactar usted o encargarlo a un abogado.
Si el inquilino moroso no paga en el plazo concedido en el requerimiento, o sin tal requerimiento, puede iniciar la acción legal de desahucio por falta de pago, para lo que la ley exige la intervención de abogado y procurador.
www.asistencialegal.net
No hay un tiempo de cortesia establecido, el contrato debe determinar la forma, el lugar y la fecha de los pagos, y desde que estos no se respetan se puede reclamar judicialmente la deuda.
Eso no quita para que se pueda hacer una llamada telefonica o visita al inquilino por si existe algun motivo de fuerza mayor que no le ha podido comunicar.
Pedro Martinez
Abogado