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m doloreslo

casero/a

¿Cuánto tiempo de cortesía debo esperar para reclamar a un inquilino el pago del alquiler? ¿Y cómo?

¿Cuánto tiempo de cortesía debo esperar para reclamar a un inquilino el pago del alquiler? ¿Y cómo?

  • Preguntado por: m doloreslo
  • Hace 12 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (5)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
EVICTIO.com ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Algo así como un dia y "oye, perdona, que he visto que no me han cargado la transferencia bancaria. ¿ Ha habido algún problema? Es que me urge. Gracias"

    Si en unos dias no te han dicho si ha habido un problema o no y se ha solucionado, pues da dos dias más o advierte que tendrás que empezar acciones judiciales si no abandonan la vivienda

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola dolores:

    le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/el-alquiler-en-los-tribunales/resolver-alquiler-piso-impago-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • EVICTIO.com

    EVICTIO.com

    profesional

    No hay un plazo prefijado. Reclamele en un plazo prudencial. Si teme el impago definitivo hagalo mediante burofax.

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Salvo que el contrato establezca algo distinto, basta con que el inquilino no pague en los primeros siete días del mes para que el propietario pueda reclamar, incluso judicialmente.

    Opcionalmente puede requerir de pago primeramente por burofax, que puede redactar usted o encargarlo a un abogado.

    Si el inquilino moroso no paga en el plazo concedido en el requerimiento, o sin tal requerimiento, puede iniciar la acción legal de desahucio por falta de pago, para lo que la ley exige la intervención de abogado y procurador.

    www.asistencialegal.net 

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No hay un tiempo de cortesia establecido, el contrato debe determinar la forma, el lugar y la fecha de los pagos, y desde que estos no se respetan se puede reclamar judicialmente la deuda.

    Eso no quita para que se pueda hacer una llamada telefonica o visita al inquilino por si existe algun motivo de fuerza mayor que no le ha podido comunicar.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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