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tengo contratos anuales desde 1 del 12 de 1980, renovados anualmente hasta el año 2003. el arrendataria me ha enviado un burofax a traves de su abogada para abandonar el piso el 30 de noviembre del 2012. los motivos son que necesita el piso por estar enfermo y el suyo es un 5º y no tiene ascensor, ademas por finalizacion del contrato el cual termino en el 2008
Hilario, por mucha información que pongas aqui, tiene q ser revisado todo por un abogado.
El contrato inicial era indefinido, con lo que no se tendría que haber renovado, lo cual puede ser motivo para alegar ante un juez.
Cambia de abogado y busca uno decente y que entienda del tema, pues decir que se comete delito de allanamiento de morada solo demuestra un profundo desconocimiento de las leyes. A lo sumo sería una ocupación ilegal, que terminaría con un desahucio, y nunca sería un delito penal.
Si ha recibido un burofax, debería contestar, con las pertinentes alegaciones, por lo que necesitaría un buen abogado. Le recomiendo que llame a PHOLMO, el cual es excelente, que le podrá orientar e incluso hacer una valoración de su caso y gestionar el burofax o redactárselo.
Lo que está claro es que debe responder a ese burofax, y que no va a ser tan fácil echarle de esa casa, ya q es bastante defendible que su contrato es de renta antigua, y no aplicable a la lau del 95.
Repito, busque UN BUEN abogado, especializado en arrendamientos urbanos, y no consulte con cualquier pardillo salido de la universidad, pq la cagada de decirle lo del allanamiento de morada es imperdonable.
los contratos siempre han sido de una duracion de 12 meses. por lo tanto tengo firmados 23 contratos,(el primero en 1980, y el ultimo en el 2003) todo son copia literal del firmado en 1980.ademas si solo se lee el ultimo(el del 2003), es como si la vivienda la tuviese arrendada desde el 2003, en resumen que yo firmaba un nuevo contrato pos 12 mese en cada renovacion si que en esos contratos posteriores figurase que yo era inquilino desde 1980.y en ninguno hacia referencia a los contratos anteriores. consulté con un abogado, y segun el me aplican la ley de arrendamiento del año 1995 y posteriores.y que al dia siguiente al vencimiento del contrato estaria cometiendo un delito de allanamiento, lo cual me parece un poco exagerado ya que vivo en esta vivienda desde 1980 hasta hoy (casi 32 años) y sin tener nunca ningun tipo de problema de pago hacia el arrerndador, ni nada pendiente de pagar ya que la renta se paga por tranferencia bancaria y los recibor de agua y luz tengo yo que llamar a las empreas de abasto para saber los importes y hacer las tranferencias, las cuales son antes del dia 10 de cada mes.agradeceria el nombre de un abogado en las palmas de gran canaia experto en arrendamienros.
muchas gracias y discupe las molestias
Le aconsejo que acuda con los documentos a un abogado, para comprobar si efectivamente los contratos suponen la resolución de los anteriores o solamente la renovación de los mismos.
Habría q ver toda la documentación que tiene y lo que ha ido firmando durante todos estos años. Su contrato pertenece a renta antigua, y es probable que tenga derecho a que sea indefinida.
Esto no es un tema donde se le pueda ayudar en un foro, y debería contratar los servicios de un abogado especializado en arrendamientos, en especial en renta antigua, pues se juega su vivienda.