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El caso se encuentra en que a la hora de la contratación, el arrendador nos pidio abal bancario o seguro de proteccion de pagos. En ese momento no se le pudo facilitar por lo que acordamos dar un total de 5 mensualidades como fianza (6000€ dado que el alquiler que pagamos es de 1200) de los cuales 4 eran como proteccion de pagos, y uno como fianza propiamente dicha. Con eso accedio a realizar el contrato. Ahora nos hemos encontrado en apuro economico debido al trabajo (despues de mas de 2 años en el piso) y pensabamos que estabamos algo respaldados por ese dinero, y dejamos dos mensualidades retrasadas a finales del año pasado y hemos seguido pagando despues, pero el arrendador nos ha demandado por deshaucio. He tenido que pagar hsata el ultimo centimoi que tenia para enervar el proceso, pero creo que lo he conseguido. La cuestio ahora se me plantea la duda de que no se si voy a poder hacer frente a los futuros alquileres, y de que a la hora de...
La revisión del contrato y el asesoramiento de un abogado experto en arrendamientos urbanos no debería suponer más de 50-80€.
Si no consigues hablar con tu arrendadora, está claro que no podrás llegar a ningún acuerdo. Si tuviera algún posible comprador ya habría sido ella quién os diera la oportunidad de llegar a algún acuerdo.
Quizá si no te escucha a ti puede ser que escuche a un profesional en nombre tuyo, y pueda llegarse a una salida amistosa antes del fin del contrato, donde puedas recuperar parte de ese dinero y dar como "indemnización" algo.
Don Pedro:
Honestamente, la verdad estoy sin un pavo, al tener que desembolsar los 2 meses de golpe, y cobro los justo para pagar el alquiler, por lo que el contratar un profesional, si saber si en verdad se puede conseguir algo, puede suponerme el reves de en verdad no poder seguir pagando la renta.
Mi cuestion, podemos conseguir lo que pretendo o algo parecido si realizamos si interponemos abogados?-
Un saludo.
Disculpado queda.
La garantía se ofrece para asegurar el pago de las rentas pendientes y quizas otrso conceptos a la finalizacion del contrato, es intocable hasta entonces.
El hecho de que sea un contrato de arrendamiento con opcion de compra cambia mucho las cosas. Sobre esos comnytratos aqui siempre aconsejamos la revision de un profesional por las particularidades y el regimen juridico del mismo.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Disculpar, la verdad es que estoy un poco alterado con este tema, y me he excedido, pido de nuevo disculpas a la comunidada y al Sr. Martinez.
No obstante, hay algo que no entiendo, si se ofrece una cantidad como garantia de pagos, no incurre en que si no se cumplen los pagos, deberian de cobrarlos de esa garantia?
Que sentido tiene pues el pactar la garantia si al final del todo te echa igual por mucha menos cantidad que la que tiene el arrendador en custodia?
Anotacion: El alquiler es un alquiler con opcion a compra por un 100% del importe del aquiler, y con un precio de compra bastante bajo, para los sitios de la zona, de sospechar es que el arrendador tiene un posible comprador con un importe acorde al del piso, y por ello quiere deshacerse de nosotros. La circustancias, es que eramos 3 personas, yo mi pareja y mi suegra, y los 3 nos quedamos sin empleo en el año pasado, y justo este mes es cuando he empezado a trabajar yo.
Perdoneme Ud. que supusiese que no estaba informado de la imposibilidad de enervar el desahucio nuevamente, tal vez mi atrevimiento se deba a que una persona que desembolsa 6000 euros antes de concertar un aval o pagar un seguro de impago de ridicula cuota está muy poco o nada informada, maxime cuando parece que para su economia es un pellizco mas que importante, como se deduce de la imposibilidad de hacer frente a los futuros pagos.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Como bien señala, hablar con el arrendador es semiimposible, en tal caso la solución a lo que quiere es imposible de todo punto, ya que si deja depagar los alquileres le vendrá un desahucuo con reclamación deaquileres debidos a cuyo término habrá consumido sus garantías y deberá pagar las costas.
por cierto,
no seas tan desagradabe con quien te responde; te recuerdo que te responden para ayudarte sin ningun ánimo de lucro ni nada parecido; por lo que el agradecimiento por el tiempo dedicado creo que es lo mínimo.
Pablo.
No hay mas; si no pagas el dia que te toca y te demanda te deshauciarán; deberas pagar las costas, etc.
lo siento, pero arrendador os tiene cogidos por las pe-lo-tas.
no entiendo como soltais un kilo tan tranquilamente; pero bueno.
notificad la marcha del piso para el cumpleaños del contrato, por burofax, y os deberá dar todo menos la fianza en el momento de la entrega de llaves.
eso, o llegar a un acuerco con el casero; nada mas.
pablo.
Estimado Pedro, por favor si puedes leer la pregunta antes de realizar la contestación. Es de sobreentender que si he enervado, me abre informado en parte, y se de sobra que no puedo volver a enervar. Pero yo lo que quiero es recuperar el dinero dado de garantia de pagos de mensualidad, debido a que ella no lo ha utilizado y me da miedo perderlo, por favor, recomendarme sobre este punto.
Si de jas de pagar hasta la finalizacion tendras otra demanda y esta vez no podras enervar la accion.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
que en caso de que los pudiera hacer, y llegara el cumpleaños del contrato, el poder recuperar ese dinero dado que aunque consta como parte de fianza no estaba designado a esto.
Segun la Lau, o lo que creo recordar que ley, para vivienda corresponde un mes de fianza, y luego si se quiere realizar otro trato de garantia es aparte.
en verdad me gustaria el poder reclamarla que esos 4 meses que se dieron como protección de pagos, se emplearan para pagar la renta de los 4 ultimos meses antes de que finalice el contrato, y que los 1200€ restantes ya se discutieran a la hora de entrega de llaves. Como puedo hacerlo?
Anotacion: HAblar con el arrendador es semiimposible.