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Estoy a punto de firmar un contrato de alquiler y quiero decir que en caso de conflicto nos acogemos a lo establecido por el desahucio express. Cómo lo pongo.
Añado: se aplicará el Desahucio Express porque la conocida como popularmente Desahucio Express entró en vigor en la nochebuena pasada, así que si se tiene que acudir a un tribunal a partir de esa fecha se aplicará la legislación vigente que es el Desahucio Express.
Puedes poner: \" La partes contratantes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de ........................., con exclusión de sus propios fueros para todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación que surja en la interpretación o ejecución del presente contrato.\" Y se aplicará el Desahucio Express.
Aquí también te explican todo sobre el Desahucio Express: http://www.enalquiler.com/desahucio_express.html
El conocido popularmente como Desahucio Express se refiere a la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios. Esta ley modifica algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil para impulsar el desarrollo del mercado del alquiler y la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar actuaciones que mejoren la eficiencia energética de los edificios.
Con esto te quiero decir que con que se especifique en el contrato de alquiler que se ajusta a la normativa vigente en España ya te estás acogiendo al Desahucio Express porque es lo que se va a aplicar si te toca recurrir a la justicia.
Puedes ver la ley aquí: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2009/18733
Y más sobre el Desahucio Express aquí: http://blog.enalquiler.com/2010/desahucio-express/el-desahucio-express-visto-con-lupa/