Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

critina

casero/a

¿Cómo echar a inquilinos cuyo contrato ha caducado y que no pagan regularmente?
Tengo un piso alquilado desde hace unos 6 ó 7 años, y hace un año aproximadamente el contrato de arrendamiento tenía que renovarse. No se renovó y los inquilinos han seguido viviendo en él pagando de vez en cuando la cuota mensual que se estableció en el primer contrato. Quiero saber qué posibilidades y cómo puedo echar a estos inquilinos sin contrato y que no pagan regularmente.
  • Preguntado por: critina
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
inquilino_ y_propieta ha sido elegida Mejor Respuesta
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    LAU 1994. Artículo 10. Prórroga del contrato
    Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
    Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.

    Tu contrato no ha caducado. Pero habla con un abogado ya para iniciar los trámites de desahucio por falta de pago. Hazlo cuanto antes porque todo este proceso lleva su tiempo...
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es un problema de acudir al juzgado con un desahucio por falta de pago.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    La primera prórroga del contrato es por tres años, no por uno, por lo que el contrato no ha caducado. Les puede echar por falta de pago, a través de un procedimiento judicial con abogado y procurador.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas